Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
03-11-2009

Sección 4.90.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091103-0062

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 2
DE MÓSTOLES

EDICTO

Doña Sara Hervás González, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 476 de 2009 se acordado citar a doña Fabiana de Souza Bonati y doña Lorena María Laura Correa, dictándose la siguiente resolución:

CÉDULA DE CITACIÓN

El magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles ha acordado citarles a fin de que el día 20 de noviembre de 2009, a las diez y diez horas, asistan, en la Sala de vistas número 4, planta primera, a la celebración del juicio de faltas número 476 de 2009, seguido por lesiones imprudentes, en calidad de denunciado-denunciante.

Se les hace saber que deberán comparecer al acto de juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (testigos, documentos, peritos...) y que podrán acudir asistidos de letrado, si bien este no es preceptivo.

Apercibiéndoles de que, de no comparecer ni alegar justa causa que se lo impida, podrá imponérseles una multa, parándoles el perjuicio a que hubiere lugar en derecho y que, en caso de residir fuera de este término, podrán dirigir escrito a este Juzgado en su defensa y apoderar a otra persona para que presente en dicho acto las pruebas de descargo que tuvieren, conforme a lo dispuesto en el artículo 970 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Y para que conste y sirva de citación a doña Fabiana de Souza Bonati y doña Lorena María Laura Correa, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Móstoles, a 7 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.222/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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