Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
04-11-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091104-0041

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

PARLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

Ha sido aprobada inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, y de forma definitiva para el caso de que no se presenten reclamaciones, durante el plazo de exposición al público, en sesión celebrada el día 29 de octubre de 2009, la modificación de las siguientes ordenanzas fiscales para el año 2010:

— Ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección (artículos 100 y 101 y disposición final segunda).

— Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, inclusión bonificación tercera por domiciliación de recibos y exención para hospital público.

— Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (modificación artículo 10.1 y disposición final).

— Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.

— Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

— Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de servicios urbanísticos.

— Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la expedición de documentos administrativos.

— Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la recogida de vehículos de la vía pública.

— Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del transporte urbano.

— Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local.

— Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de los servicios de atención domiciliaria.

— Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local por las empresas explotadoras de servicios de telefonía móvil.

— Calendario del contribuyente.

Asimismo, han sido aprobadas inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, y de forma definitiva para el caso de que no se presenten reclamaciones durante el plazo de exposición al público, en la misma sesión la derogación condicionada de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa de saneamiento, así como la aprobación de la nueva ordenanza fiscal reguladora del sistema de pagos fraccionados de recibos de vencimiento periódico mediante cuenta corriente.

Se pone de manifiesto, y de conformidad con el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, para las ordenanzas fiscales, y con los artículos 49.b) y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, para las ordenanzas reguladoras de precios públicos, que el expediente de aprobación y modificación de las mismas se expondrá en el tablón de anuncios de esta entidad durante el plazo de treinta días, a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dentro de los cuales se podrá examinar el mismo por los interesados y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, considerándose definitivos dichos acuerdos en el supuesto de que no se presentase ninguna durante tal período.

Lo que se anuncia al público para general conocimiento.

Parla, a 30 de octubre de 2009.—El concejal-delegado del Área de Personal, Régimen Interior, Seguridad Ciudadana, Protección Civil, Patrimonio y Hacienda, Mariano Sánchez Toribio.

(03/35.650/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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