Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091104-0070
Páginas: 0
|
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 22 DE MADRID EDICTO Don José María Prieto y Fernández-Layos, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 22 de Madrid. Hago saber: Que en este Juzgado, y en autos de modificación de medidas-supuesto contencioso número 651 de 2008-P, instados por doña Raquel Espuela Llull, representada por la procuradora del turno de oficio doña María Josefa Santos Martín, contra con Francisco de Vega Gallego, que se halla con domicilio desconocido, ha recaído resolución, cuyo encabezamiento y parte dispositiva literalmente copiados dicen: Sentencia En Madrid, a 22 de julio de 2009.—El ilustrísimo señor don José María Prieto y Fernández-Layos, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 22 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de procedimiento de modificación de medidas número 651 de 2008-P, seguidos ante este Juzgado, entre partes: de una, como demandante, doña Raquel Espuela Llull, representada por la procuradora doña María Josefa Santos Martín, designada del turno de oficio, y de otra, como parte demandada, don Francisco de Vega Gallego, siendo parte el ministerio fiscal; y… Fallo Que estimando parcialmente la demanda presentada por la procuradora doña María Josefa Santos Martín, en nombre de doña Raquel Espuela Llull, contra don Francisco de Vega Gallego, debo acordar y acuerdo la modificación de las medidas adoptadas en la sentencia de relaciones paternos filiales de fecha 29 de abril de 1996, dictada en los autos seguidos ante este Juzgado bajo el numero 230 de 1995, en el sentido de que la patria potestad sobre el hijo menor de edad, David, se ostentará por ambos progenitores, pero se ejercerá exclusivamente por la madre, absolviendo a la parte demandada del resto de las pretensiones deducidas de adverso, sin hacer expresa imposición de costas en esta instancia. Notifíquese esta sentencia a la parte que se encuentra en rebeldía en la forma dispuesta en la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre el particular. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación ante este mismo Juzgado dentro de los cinco días siguientes a su notificación. Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Fue publicada en el mismo día de su fecha. Y para que sirva de notificación en forma a referido demandado don Francisco de Vega Gallego, que se halla en ignorado paradero, he acordado la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Expido y firmo el presente, dado en Madrid, a 22 de octubre de 2009.—La secretaria (firmado).—El magistrado-juez de primera instancia (firmado). (03/35.468/09) |

