Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091104-0250
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D) Anuncios Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio
La Comisión de Urbanismo de Madrid, en sesión celebrada el día 30 de julio de 2009, examinó el expediente relativo al Plan Parcial del Sector del Suelo Apto para Urbanizar número 8 “Los Ardales”, de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de San Agustín del Guadalix, promovido por la Comisión Gestora Sector 8 “Los Ardales”. «En virtud del contenido del informe técnico-jurídico, de fecha 10 de julio de 2009, emitido por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General en la misma fecha, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, adoptó acuerdo del siguiente tenor literal: «Primero Aprobar definitivamente el Plan Parcial del Sector del Suelo Apto para Urbanizar número 8, “Los Ardales”, de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de San Agustín del Guadalix, si bien en su desarrollo posterior deberán respetarse las observaciones y condiciones que se contienen en los informes emitidos por el Canal de Isabel II, de 13 de julio de 2006; por la Dirección General de Medio Ambiente (Área de Vías Pecuarias), de 21 de enero de 2009; por la Dirección General del Suelo de 30 de marzo de 2009; por la Dirección General de Evaluación Ambiental de 8 de julio de 2009; por la Confederación Hidrográfica del Tajo de 8 de mayo de 2008, y por la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento de 2 de abril de 2007, que obran en el expediente. Asimismo, se señala que, de acuerdo con el informe de la Dirección General de Patrimonio Histórico, de 29 de julio de 2009, antes de que se inicien las actuaciones materiales de ejecución del planeamiento deberán solicitarse y obtenerse, los permisos y autorizaciones oportunas de esa Dirección General. Segundo Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.» En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del citado Plan Parcial se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, donde puede ser consultado. Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir. Madrid, a 21 de septiembre de 2009.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez. (02/11.250/09) |

