Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
04-11-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091104-0203

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 1 DE LAS PALMAS
DE GRAN CANARIA

EDICTO
CÉDULA DE CITACIÓN

Don Ismael Cubero Truyo, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Las Palmas de Gran Canaria.

Hago saber: Que en autos número 1.156 de 2007 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Sebastián Rodríguez Almeida contra la empresa “Bafetrans, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por don Sebastián Rodríguez Almeida, quien comparece asistido por la letrada doña María Dolores Rodríguez Falcón, y de otra, como demandados, la empresa “Bafetrans, Sociedad Limitada”, y el Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro el derecho del demandante al cobro de las cantidades reclamadas por el mismo en el presente procedimiento en concepto de salarios no abonados a su persona en cuantía de 1.179,96 euros, además del interés legal por mora de las cantidades reclamadas, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores, y consistente en el 10 por 100 del total de las cantidades adeudadas, condenando a su abono a la empresa demandada, y debiendo, en todo caso, estar y pasar por esta resolución el Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme y que en su contra no cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Las Palmas de Gran Canaria.

Así por esta mi sentencia la pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social, don José Juan Ramos Campodarve, en el día de su fecha, estando celebrando audiencia pública, ante mí el secretario, de lo que doy fe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Bafetrans, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de octubre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/34.739/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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