Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
04-11-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091104-0067

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

CIEMPOZUELOS

URBANISMO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” número 285, de 27 de noviembre de 1992), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” de 31 de enero de 1999), que modifica la anterior, y habiéndose intentado la notificación, por dos veces, al interesado don Francisco Rodríguez Mora, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables el Ayuntamiento de Ciempozuelos, se comunica para su conocimiento y efectos a don Francisco Rodríguez Mora que por parte de la Alcaldía-Presidencia se ha dictado la siguiente resolución:

Declaración en estado de ruina física inminente del edificio sito en la calle Palomero, número 62, de Ciempozuelos.

Fecha de resolución: 2 de junio de 2009.

Visto el informe técnico emitido por el arquitecto técnico municipal de fecha 1 de junio de 2009, relativo a la situación del inmueble sito en la calle Palomero, número 62, de este término municipal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, esta Alcaldía-Presidencia viene a resolver lo siguiente:

Primero.—Declarar en estado de ruina inminente el edificio de la calle Palomero, número 62, de la localidad.

Segundo.—Ordenar a los propietarios, cuyo domicilio sea conocido, la demolición inmediata de la edificación descrita en el informe técnico.

Tercero.—Conceder el plazo de setenta y dos horas a los propietarios para que ejecuten la demolición ordenada, plazo que deberá de computarse a partir de la recepción de la notificación oportuna.

Cuarto.—Para el supuesto de que la presente orden de ejecución fuera incumplida en cualquiera de sus términos, el Ayuntamiento procederá a su ejecución subsidiaria con cargo a los propietarios, en el modo señalado en el artículo 98 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Con este fin, se procederá a la contratación de las obras de demolición por parte de este Ayuntamiento con carácter de urgencia y, entre tanto, se adoptarán las medidas de protección y aseguramiento que sean oportunas para evitar daños a bienes o personas. El coste efectivo de la ejecución se hará con cargo a los propietarios y su montante se exigirá a los mismos por la vía de apremio si ello fuere necesario.

Lo que comunico para su conocimiento y exacto cumplimiento, advirtiéndole que esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponerse recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la presente resolución, conforme a lo dispuesto por los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. De conformidad con lo establecido por los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, con carácter previo y potestativo podrá formular recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la recepción de la presente notificación. De formularse recurso de reposición, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo se contará desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso de reposición, en cuyo caso será de dos meses, o en que este deba entenderse presuntamente desestimado, siendo en este caso de seis meses.

Pudiendo, no obstante, formular cualquier otro que estime procedente.

Ciempozuelos, a 30 de septiembre de 2009.—La alcaldesa-presidenta, María Ángeles Herrera García.

(02/11.539/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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