Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091106-0025
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C) Otras Disposiciones Consejería de Sanidad
Mediante Decreto 106/2004, de 1 de julio, del Consejo de Gobierno, se crearon diversas distinciones honoríficas en la sanidad madrileña, entre ellas, la Placa de Oro, que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la precitada norma, tiene por objeto premiar y reconocer la colaboración de entidades públicas o privadas que contribuyan de manera excepcional a mejorar la calidad y el prestigio de la sanidad de la Comunidad de Madrid. La concesión de la Placa de Oro corresponde, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Orden 1286/2006, de 22 de junio, por la que se desarrolla aquel Decreto, al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta del titular de la Consejería de Sanidad, una vez oída la propuesta de la Comisión de Valoración creada al efecto en el precitado Decreto. En base a lo expuesto, el Consejero de Sanidad eleva propuesta para la concesión de la Placa de Oro a la Fundación Rafael del Pino, por su desinteresada colaboración con la sanidad madrileña en la promoción y protección de la salud. En su virtud, a propuesta del Consejero de Sanidad, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión del día 29 de octubre de 2009, DISPONE Conceder la Placa de Oro a la Fundación Rafael del Pino, por su desinteresada colaboración con la sanidad madrileña en la promoción y protección de la salud. Dado en Madrid, a 29 de octubre de 2009. El Consejero de Sanidad, La Presidenta, JUAN JOSÉ GÜEMES BARRIOS ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA (03/35.664/09) |

