Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
09-11-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091109-0244

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 29 DE BARCELONA

EDICTO

Según lo acordado en los autos número 604 de 2008, seguidos en este Juzgado a instancias de don Manuel Rubio Morcillo, contra “Caruma Capital Inversión, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en relación a extinción de contrato por parte del trabajador, por el presente se notifica a “Caruma Capital Inversión, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, la resolución dictada en los presentes autos, cuyo tenor literal de su parte dispositiva dice:

Parte dispositiva:

Se tiene por ejercitada por la empresa demandada “Caruma Capital Inversión, Sociedad Limitada”, la opción en el sentido de que se abonará al actor la cantidad de 8.166,69 euros fijados en la sentencia en concepto de indemnización, declarándose, en consecuencia, rescindida la relación laboral. Y se fija la cantidad de 13.300,38 euros en concepto de salarios de tramitación que la empresa igualmente debe abonar al trabajador.

Notifíquese la presente resolución a las partes, significándoles que contra la misma puede interponerse recurso de reposición, ante ese Juzgado de lo social en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Así lo acordó, manda y firma don Francisco Javier Delgado Sainz, magistrado-juez del Juzgado de lo social, número 29 de Barcelona.—Ante mí (firmado).

Y para que sirva de notificación en forma a la precitada, cuyo domicilio se desconoce, advirtiéndole que las sucesivas notificaciones, salvo que revistan forma de auto o sentencia, se harán en estrados, y para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos pertinentes, expido el presente edicto en Barcelona, a 6 de octubre de 2009.—La secretaria judicial, Amalia de la Peña Martín.

(03/35.149/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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