Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091113-0006
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D) Anuncios Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio
Habiéndose recibido en esta Dirección General del Medio Ambiente denuncias interpuestas por supuesto abandono de animales, en las que no habiendo sido posible la notificación del requerimiento a los propietarios de los animales para la recogida de los mismos, he resuelto ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según se especifica en el Anexo Único. Indicándose que en el caso de no recuperar el animal en un plazo de diecinueve días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución, los animales se considerarán abandonados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29 del Decreto 44/1991, de 30 de mayo, de Protección de Animales y Plantas (Reglamento de la Ley 1/1990, de Protección de Animales Domésticos), y se procederá a la tramitación del correspondiente expediente sancionador, estando considerado el abandono de animales como una infracción muy grave. Madrid, a 5 de octubre de 2009.—El Director General del Medio Ambiente, PDF (Resolución de 14 de mayo de 2009), el Subdirector General de Recursos Agrarios, Jesús Carpintero Hervás. ANEXO ÚNICO Imputado.—Último domicilio conocido.—Municipio.—Número de expediente.—Identificación del animal y dirección del centro de acogida donde se encuentra.—Presunta infracción.—Órgano competente para imponer la sanción y norma que le atribuye tal competencia. Doña Antonia Saiz Boluda.—Calle Placituela, número 4, Orusco de Tajuña (Madrid).—10/PA-0481/09.—Depositados dos animales de la especie canina, identificados con los códigos 941000000188179 y 941000000173521, de su propiedad, en la Concejalía de Urbanismo y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Valdemorillo, ubicada en calle La Paz, número 53, de Valdemorillo (Madrid).—En caso de no recuperar el animal en un plazo de diecinueve días, se considerara abandono y se tramitará expediente sancionador, siendo considerada una infracción muy grave.—Consejo de Gobierno, artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos. Don Antonio Silva Montoya.—Calle Sierra Elvira, número 25, segundo C, Madrid.—10/PA-0527/09.—Depositado un animal de la especie canina, identificado con el código 941000002960951, de su propiedad, en el Centro Municipal de Acogida de Animales Vagabundos y Abandonados de Leganés, ubicado en la avenida de Gibraltar, número 2, de Leganés (Madrid).—En caso de no recuperar el animal en un plazo de diecinueve días, se considerara abandono y se tramitará expediente sancionador, siendo considerada una infracción muy grave.—Consejo de Gobierno, artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos. Don Emilio Cabezas Capilla.—Calle Santa Teresa, número 15, primero D, Leganés (Madrid).—10/PA-0528/09.—Depositado un animal de la especie canina, identificado con el código 981098102261341, de su propiedad, en la Mancomunidad de Acogida de Animales Vagabundos y Abandonados de Leganés, ubicado en la avenida de Gibraltar, número 2, de Leganés (Madrid).—En caso de no recuperar el animal en un plazo de diecinueve días, se considerara abandono y se tramitará expediente sancionador, siendo considerada una infracción muy grave.—Consejo de Gobierno, artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos. Don Santiago García Fernández.—Calle Andaluces, número 20, Madrid.— 10/PA-0531/09.—Depositado un animal de la especie canina, identificado con el código 982009100372208, de su propiedad, en la Mancomunidad de Henares-Jarama, ubicado en la plaza del Progreso, número 1, de Mejorada del Campo (Madrid).—En caso de no recuperar el animal en un plazo de diecinueve días, se considerará abandono y se tramitará expediente sancionador, siendo considerada una infracción muy grave.—Consejo de Gobierno, artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos. (03/35.573/09) |

