Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
20-11-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091120-0155

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

CERCEDILLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

El Pleno Corporativo, en sesión ordinaria celebrada con fecha 1 de octubre de 2009, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar la modificación de la ordenanza reguladora del IBI en los términos previstos en la propuesta del Grupo Independiente de Cercedilla, quedando redactado el artículo 8 de la misma de la siguiente forma:

“Artículo 8. (...) 1.o Tipo de gravamen general: 0,452 por 100 (...).”

Segundo.—Someter a información pública, por plazo de treinta días, la modificación de la ordenanza aprobada inicialmente en el apartado anterior, para lo cual se insertará el oportuno anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, permaneciendo el expediente en el Departamento de Secretaría del Ayuntamiento para que quienes lo deseen puedan consultarlo y, en su caso, los que resulten interesados puedan presentar reclamaciones en el plazo de información pública antes indicado.

Tercero.—Transcurrido el plazo de información pública, si no se presentasen reclamaciones a la referida ordenanza, el acuerdo inicial será elevado a definitivo sin necesidad de pronunciamiento expreso al respecto.

Cercedilla, a 3 de noviembre de 2009.—El alcalde-presidente (firmado).

(03/36.924/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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