Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
23-11-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091123-0136

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 8 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Enriqueta Salvador Fernández, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.246 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Damián Soliz Álvarez y don Fredy Chacón Crespo, contra don Javier Torres Bayo, sobre despido, se ha dictado el siguiente auto de desistimiento:

Diligencia.—En Madrid, a 22 de octubre de 2009.

Siendo el día y hora señalados para la práctica de los actos de conciliación y, en su caso, posterior juicio, ante mí el secretario, son llamadas las partes y no comparece ninguna de ellas, a pesar de estar citadas en forma legal, por lo que extiendo la presente a los efectos legales oportunos, dando cuenta seguidamente.—Doy fe.

Parte dispositiva:

Se tiene por desistido a don Damián Soliz Álvarez y don Fredy Chacón Crespo de su demanda, y una vez firme esta resolución, archívese.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes a su notificación.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Rafael Monzón Rioboo.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Javier Torres Bayo, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.537/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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