Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091125-0099
Páginas: 0
|
AYUNTAMIENTOS Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA DE LO SOCIAL EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN En las actuaciones número 3.746 de 2009, seguidas ante la Sección Sexta de la Sala de lo social de este Tribunal Superior de Justicia, dimanantes de los autos número 898 de 2007 del Juzgado de lo social número 16 de Madrid, promovidos por la Comunidad de Madrid (Servicios Jurídicos), contra “Manpower Business Solutions, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Repsol YPF, Sociedad Anónima”, y las trabajadoras doña Madalina Liviana Busu, doña Nicole Ehrenberger, doña Sumayah Kakabán Ocón, doña Gheorghiana Mihaela Moraru, doña Mónica Carolina Pérez Heinonen, doña Milagros García Mansilla Lozada, doña Isabel María Talavera González, doña Raquel López Fernández, doña Milagros Jiménez Agraz, doña Leticia Iglesias Pérez y doña Ana Belén Martín Hernández, sobre procedimiento de oficio, con fecha 26 de octubre de 2009 se ha dictado la siguiente sentencia: Fallamos Que desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por la Comunidad de Madrid, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 16 de Madrid de fecha 24 de septiembre de 2008, en virtud de demanda formulada por Comunidad de Madrid, contra “Manpower Business Solutions, Sociedad Limitada Unipersonal”, Repsol YPF, Sociedad Anónima”, y las trabajadoras doña Madalina Liviana Busu, doña Nicole Ehrenberger, doña Sumayah Kakabán Ocón, doña Gheorghiana Mihaela Moraru, doña Mónica Carolina Pérez Heinonen, doña Milagros García Mansilla Lozada, doña Isabel María Talavera González, doña Raquel López Fernández, doña Milagros Jiménez Agraz, doña Leticia Iglesias Pérez y doña Ana Belén Martín Hernández, en procedimiento de oficio, debemos confirmar y confirmamos la sentencia de instancia, condenando a la demandante recurrente a abonar a las demandadas recurridas la cantidad de 301 euros en concepto de honorarios de letrado. Notifíquese la presente resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, haciéndoles saber que contra la misma solo cabe recurso de casación para la unificación de doctrina que se preparará por escrito ante esta Sala de lo social dentro de los diez días siguientes a la notificación de la sentencia de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 219, 227 y 228 de la Ley de Procedimiento Laboral, advirtiéndose en relación con los dos últimos preceptos citados que el depósito de los 300,51 euros (50.000 pesetas) deberá efectuarse ante la Sala de lo social del Tribunal Supremo al tiempo de personarse en ella, en su cuenta número 2410, que tiene abierta en el “Banco Español de Crédito”, sucursal número 1006, sita en la calle Barquillo, número 49, de Madrid, al tiempo de personarse en ella, por todo recurrente que no tenga la condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, mientras que la consignación del importe de la condena deberá acreditarse, cuando proceda, por el recurrente que no goce del beneficio de justicia gratuita ante esta Sala al tiempo de preparar el recurso, presentando resguardo acreditativo de haberla efectuado en la cuenta corriente número 28700000003746/09 que esta Sección Sexta tiene abierta en el “Banco Español de Crédito”, sucursal número 1026, sita en la calle Miguel Ángel, número 17, de Madrid, pudiéndose sustituir dicha consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista. Expídase testimonio de la presente resolución para su incorporación al rollo de esta Sala. Así por esta nuestra sentencia lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Se advierte a la parte en ignorado paradero que, en lo sucesivo, se le efectuarán las notificaciones en estrados, salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Y para que sirva de notificación y advertencia en forma a doña Madalina Liviana Busu, doña Nicole Ehrenberger, doña Gheorghiana Mihaela Moraru y doña Milagros García Mansilla Lozada, en ignorado paradero, se expide el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 28 de octubre de 2009.—El secretario (firmado). (03/37.418/09) |

