Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091125-0208
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 28 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 994 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Alicia Lozano Pineda, contra la empresa “Promociones Las Calandrinas, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 13 de octubre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Sentencia número 404 de 2009 En Madrid, a 13 de octubre de 2009.—Doña Begoña García Álvarez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 28 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, doña Alicia Lozano Pineda, que comparece asistida por la letrada doña María Spina Carreras, y de otra, como demandados, “Promociones Las Calandrinas, Sociedad Limitada”, que no comparece, y Fondo de Garantía Salarial, que comparece asistido y representado por la letrada doña María Ángeles Rodríguez López, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia: Fallo Que estimo la demanda formulada por doña Alicia Lozano Pineda, frente a “Promociones Las Calandrinas, Sociedad Limitada”, y declaro improcedente el despido de aquella, extinguiendo la relación laboral que unía a las partes y condenando a la demandada a que indemnice a la actora en la cuantía de 9.984,57 euros y le abone 4.014,42 euros en concepto de salarios dejados de percibir desde el 29 de mayo de 2009 hasta la presente resolución (cientro treinta y ocho días). Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días a partir del siguiente a la notificación, debiendo anunciarse ante este Juzgado de lo social, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2526 en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid, haciendo constar en el ingreso el número de expediente. Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Promociones Las Calandrinas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/37.507/09) |

