Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091125-0106
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 5 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María José Sotorra Campodarve, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 955 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel Frías Urbano, don Manuel Agudo Alonso, don Luis Carlos Bernal Alegre, don Óscar Pedreño Cañamares Lozano, don José Martínez Zamora y don José Antonio Bernal Alegre, contra la empresa “Deycosem, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente: Sentencia número 494 de 2009 En nombre del Rey.—En Madrid, a 20 de octubre de 2009. Vistos por la ilustrísima señora doña Ángela Mostajo Veiga, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 5 de Madrid, los presentes autos sobre despido, siendo partes en los mismos: de una, como demandantes, don Manuel Frías Urbano, don Óscar Pedro Cañamares Lozano, don José Martínez Zamora, don José Antonio Bernal Alegre, don Luis Carlos Bernal Alegre y don Manuel Agudo Alonso, asistidos por el letrado don Javier Moreno-Cid González, y de otra, como demandada, “Deycosem, Sociedad Limitada”, que no comparece, con citación del Fondo de Garantía Salarial, que no comparece. Fallo Que estimando la demanda interpuesta por don Manuel Frías Urbano, don Luis Carlos Bernal Alegre, don Óscar Pedreño Cañamares Lozano, don José Martínez Zamora, don José Antonio Bernal Alegre y don Manuel Agudo Alonso, contra “Deycosem, Sociedad Limitada”, con citación del Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro nulo el despido de don Manuel Agudo Alonso e improcedente el despido de don Manuel Frías Urbano, don Óscar Pedreño Cañamares Lozano, don José Martínez Zamora, don José Antonio Bernal Alegre y don Luis Carlos Bernal Alegre, declarando extinguida con esta fecha la relación laboral, y condenando a la empresa a que abone a los demandantes en concepto de indemnización: A don Manuel Frías Urbano: 23.178,75 euros. A don Óscar Pedreño Cañamares Lozano: 23.178,75 euros. A don José Martínez Zamora: 25.184,25 euros. A don José Antonio Bernal Alegre: 23.178,75 euros. A don Luis Carlos Bernal Alegre: 47.200,80 euros. A don Manuel Agudo Alonso: 23.178,75 euros. Y concepto de salarios de tramitación. A don Manuel Frías Urbano: 5.607,05 euros. A don Óscar Pedreño Cañamares Lozano: 5.607,05 euros. A don José Martínez Zamora: 6.092,19 euros. A don José Antonio Bernal Alegre: 5.607,05 euros. A don Luis Carlos Bernal Alegre: 5.628,64 euros. A don Manuel Agudo Alonso: 5.607,05 euros. Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del plazo indicado. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 150,25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2503 en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la calle Orense, número 19, de Madrid, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Deycosem, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 27 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/37.781/09) |

