Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091125-0226
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 38 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 440 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Hipólito Murillo Murillo, contra la empresa “Instalaciones Eléctricas Jomaser, Sociedad Limitada”, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Mutualia”, Servicio Público de Empleo Estatal y Fondo de Garantía Salaria, sobre Seguridad Social, se ha dictado sentencia, cuyo fallo literal es el siguiente: Fallo Estimando la demanda formulada por don Hipólito Murillo Murillo, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Mutualia, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales”, “Instalaciones Eléctricas Jomaser, Sociedad Limitada”, y Servicio Público de Empleo Estatal, debo declarar y declaro el derecho del actor a que se le abone la prestación de incapacidad temporal correspondiente al período de 22 de julio a 14 de agosto de 2008, sobre una base reguladora de 1.231,26 euros, condenando a la parte demandada a estar y pasar por la anterior declaración con todos los efectos inherentes a la misma, y, en consecuencia, a que la mutua demandada abone al actor, en concepto de diferencias durante el referido período 149,98 euros, sin perjuicio del derecho de la misma a repetir contra la empresa. Absuelvo a Servicio Público de Empleo Estatal, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social de las pretensiones formuladas en su contra. Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro del plazo de cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, mediante manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado, o su representante dentro del indicado plazo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Instalaciones Eléctricas Jomaser, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 29 de octubre de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/37.875/09) |

