Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
25-11-2009

Sección 4.80.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091125-0021

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 3
DE MÓSTOLES

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento ordinario número 581 de 2006 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 201

En Móstoles, a 12 de julio de 2007.

Don Francisco José López Ortega, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de Móstoles, ha visto los presentes autos de juicio ordinario seguidos con el número 581 de 2006, a instancias de don José Álvaro Izquierdo, representado por el procurador don Carmelo Perdiguero Martín y asistido de la letrada doña Bárbara Enríquez Sandín, contra la Asociación de Parcelistas San José de Campodón, en rebeldía en esta causa,

Fallo

Que estimando la demanda formulada por el procurador don Carmelo Perdiguero Martín, en nombre y representación de don José Álvaro Izquierdo, contra la Asociación de Parcelistas San José de Campodón, en rebeldía en esta causa, debo condenar y condeno a la demandada a que eleve a escritura pública el contrato privado de compraventa celebrado el 16 de junio de 1980, entre las referidas partes, sobre la parcela de terreno señalada con el número C-196, en el Sector Tercero de la urbanización denominada “Polígono de Campodón”, sita en término municipal de Alcorcón, con una superficie de 1.016 metros cuadrados y forma aproximadamente rectangular, y que linda: por su frente, con calle de la urbanización, y por la derecha, izquierda y fondo, con terrenos propiedad de la urbanización, con imposición a la demandada de las costas procesales causadas.

Esta sentencia no es firme y contra la misma podrá interponerse, en este Juzgado, recurso de apelación que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación de conformidad con lo establecido en los artículos 455 y 457 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Así, por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Publicación

La anterior sentencia ha sido leída y publicada por el magistrado-juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública.—Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de la Asociación de Parcelistas San José de Campodón, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Móstoles, a 25 de septiembre de 2009.—El secretario (firmado).

(02/12.220/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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