Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091125-0258
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS BELMONTE DE TAJO ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO En la Secretaría de este Ayuntamiento, y a los efectos del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se halla expuesto al público el acuerdo de aprobación provisional de la ordenanza que regula la creación de ficheros de datos de carácter personal del Ayuntamiento de Belmonte de Tajo, que fue adoptado por el Pleno Municipal con fecha 30 de junio de 2009. Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 18 del referido Real Decreto Legislativo podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas contra la aprobación de dicha modificación de la ordenanza, con sujeción a las siguientes normas: 1. Plazo de exposición pública y presentación de reclamaciones: treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 2. Oficina de reclamación: Secretaría del Ayuntamiento. 3. Órgano ante el que se reclama: Pleno de la Corporación. 4. Transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan presentado reclamaciones, el acuerdo de aprobación provisional se entenderá elevado a definitivo. En Belmonte de Tajo, a 10 de noviembre de 2009.—La alcaldesa, Ana María Pinós Sangonzalo. 03/37.931/09) |

