Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
25-11-2009

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091125-0373

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Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

Resolución de 4 de noviembre de 2009, por la que se hace público el Acuerdo relativo a la corrección de errores materiales detectados en el Plan Parcial del Sector 9, en el término municipal de Torrejón de Velasco (Ac. 237/09).

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en sesión celebrada el día 29 de octubre de 2009, examinó el expediente relativo a la corrección de errores materiales detectados en el Plan Parcial del Sector 9, en el término municipal de Torrejón de Velasco.

En virtud del contenido de los informes, técnico, técnico-complementario, jurídico y jurídico-complementario, de fechas 3 de septiembre, 26 de octubre, 5 de octubre y 26 de octubre de 2009, respectivamente, emitidos por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General en fecha de 26 de octubre de 2009, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, adoptó acuerdo del siguiente tenor literal:

«Primero

Aprobar la subsanación de los siguientes errores materiales detectados en el Plan Parcial del Sector S-9 del Plan General de Ordenación Urbana de Torrejón de Velasco:

— Error 1: Relativo a la rectificación del coeficiente de edificabilidad máxima sobre parcela neta asignado a los locales comerciales permitidos en planta baja, fijándose en 0,449 m2c/m2s.

— Error 3: Relativo a la especificación de la altura a alero, en el apartado de Condiciones de Volumen de la Ordenanza 02 “Edificación en Bloques abiertos”, respectivamente.

Segundo

Aplazar la aprobación de la subsanación del denominado Error 2, relativo al índice de ocupación máxima sobre parcela edificable, hasta tanto no sea acreditado por el Ayuntamiento de Torrejón de Velasco, a la luz del expediente y de los datos que en él aparecen, que se trata de un error material o de hecho.

Tercero

Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID».

En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del citado Plan Especial se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, donde puede ser consultado.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

En Madrid, a 4 de noviembre de 2009.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(03/37.444/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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