Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091127-0100
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 21 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Gloria Morchón Izquierdo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 206 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mauricio Rosales Montaño y don Ángel Polibio Ávila Torres, contra la empresa “Flocom Soleras y Entarimados, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente: Parte dispositiva: a) Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por don Ángel Polibio Ávila Torres, contra “Flocom Soleras y Entarimados, Sociedad Limitada”, por un importe de 24.643,59 euros de principal, más 2.464,35 euros y 2.464,35 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente, bajo el número de ejecución 213 de 2009. b) Acumular la presente ejecución a la seguida ante este mismo Juzgado bajo el número de demanda 31 de 2009, ejecución número 206 de 2009, a instancias de don Mauricio Rosales Montano, contra la misma empresa ejecutada; ascendiendo el principal total de ambas ejecuciones acumuladas a un total de 32.907,34 euros, de los cuales quedan pendientes de abono al día de la fecha 26.607,97 euros de principal, de los cuales corresponden a don Mauricio Rosales Montano 1.963,38 euros, y a don Ángel Polibio Ávila Torres, 24.643,59 euros, más 3.290,73 euros de intereses y 3.290,73 euros de costas provisionalmente presupuestadas. c) Trabar embargo sobre los bienes de la demandada en cuantía suficiente para cubrir las responsabilidades reclamadas. A tal fin, obténgase de la aplicación informática disponible en este Juzgado las consultas de datos de averiguación patrimonial de la Agencia Tributaria y de la Dirección General de Tráfico correspondientes a la empresa ejecutada. d) Para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia, y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada, hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la cuenta de depósitos y consignaciones abierta por este Juzgado en “Banesto”, con número 2519/0000/64/0206/09, agencia 1143, sita en la calle Orense, número 19, 28020 Madrid. Notifíquese la presente resolución a las partes. Contra la presente resolución cabe interponer oposición ante este Juzgado en el plazo de diez días hábiles siguientes al de su notificación, sin perjuicio de su ejecutividad. Así por este auto lo pronuncia, manda y firma la ilustrísima señora doña Isabel Sánchez Peña, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.—La magistrada-juez de lo social (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Flocom Soleras y Entarimados, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 30 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/38.028/09) |

