Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
27-11-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091127-0315

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

SEVILLA LA NUEVA

URBANISMO

Por resolución de Alcaldía de fecha 4 de marzo de 2009 se ha aprobado definitivamente la delimitación de la unidad de ejecución del SAU-5, lo que se publica a los efectos oportunos.

Examinado el correspondiente expediente administrativo, y una vez aprobado definitivamente el preceptivo Plan Parcial del Sector SAU número 5 por acuerdo de la Comisión de Urbanismo de la Comunidad de Madrid de fecha 29 de abril de 2007, se acuerda:

Primero.—Aprobar definitivamente la delimitación de la unidad de ejecución del SAU-5 de las Normas Subsidiarias de Sevilla la Nueva, configurándose como Unidad de Ejecución Única.

Segundo.—Aplazar la aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización del SAU-5 en tanto no se aporte la documentación correspondiente, se subsanen los defectos detectados y se emita el correspondiente informe por los servicios técnicos municipales.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse, alternativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante este Ayuntamiento de Sevilla la Nueva, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo con sede en Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

En Sevilla la Nueva, a 24 de marzo de 2009.—El alcalde, Mario de Utrilla Palombi.

(02/13.001/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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