Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091127-0038
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 4 DE FUENLABRADA EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN En el procedimiento de juicio verbal número 361 de 2008 se ha dictado la sentencia de 15 de abril de 2009, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente: Sentencia número 83 de 2009 En Fuenlabrada, a 15 de abril de 2009.—En nombre de Su Majestad el Rey. Vistos por mí, María Luisa García Moreno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 4 de los de Fuenlabrada, los presentes autos de juicio verbal número 361 de 2008, tramitados en este Juzgado a instancias de “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora de los Tribunales doña Elvira Ruiz Resa y asistida por el letrado don José Luis Esteban Villar, contra don Abderrahim Chahid, en situación legal de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad y resolución de contrato. Fallo Estimando la demanda formulada por “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña Elvira Ruiz Resa, contra don Abderrahim Chahid, debo declarar y declaro: 1. La resolución del contrato de suministro de gas suscrito entre la actora y la demandada, suscrito mediante la póliza número 944866. 2. Debo condenar y condeno a la parte demandada, don Abderrahim Chahid, a estar y pasar por dicha resolución. 3. A declarar la obligación de la parte demandada de facilitar la entrada en el domicilio donde se presta el suministro de gas y permitir que se desmonte el contador de gas, clausurando la instalación receptora, y en su defecto, si se opone, se libre mandamiento de entrada para que, en el día y hora que al efecto se señale, se constituya la comisión judicial en el mismo, asistida de esta representación, a fin de que por personal técnico de la compañía se proceda a la privación del suministro, desmontando el contador. 4. Y a que abone a la actora la suma de 933,69 euros, en concepto de daños y perjuicios, más el interés legal desde la fecha de interposición de la demanda, así como al pago de las costas causadas en el presente procedimiento. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, dentro del quinto día, ante la Audiencia Provincial de Madrid, y que deberá prepararse mediante escrito presentado en este Juzgado en los cinco días a contar desde el siguiente a la notificación de la presente. Líbrese y únase certificación de la sentencia, para su unión a los autos, con inclusión de la original en el libro de sentencias. Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgado en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Y como consecuencia del ignorado paradero de don Abderrahim Chahid, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación. Fuenlabrada, a 13 de octubre de 2009.—El secretario (firmado). (02/12.921/09) |

