Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
27-11-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091127-0351

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 58
DE MADRID

EDICTO

Doña Nuria Tardío Pérez, secretaria del Juzgado de primera instancia número 58 de los de Madrid.

Hago saber: Que en los autos de juicio verbal desahucio que bajo el número 1.041 de 2008 se tramitan en este Juzgado, a instancia de “Myzar 2002, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora doña Matilde Sanz Estrada, contra don Juan Antonio Santoro, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Debo estimar y estimo la demanda interpuesta y debo declarar resuelto el contrato de arrendamiento y por tanto debo condenar y condeno a la parte demandada a abandonar la vivienda sita en la calle Embajadores, número 201, piso tercero C, trastero número 28 y plaza de garaje número 54, de Madrid, declarando la resolución del contrato de arrendamiento y con imposición de la condena en costas a la parte demandada.

Contra la presente resolución cabe recurso de apelación, que deberá prepararse ante el tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de cinco días contados desde el día siguiente a la notificación de aquella (artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). De conformidad con el contenido de la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, se indica a las partes que para la preparación del mismo, la necesidad de constituir un depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado (número 2655 0000 02 y número de procedimiento/año), indicando en el depósito que se trata del recurso de apelación.

Para que sirva de notificación a la parte demandada, don Juan Antonio Santoro, se expide el presente.

En Madrid, a 11 de noviembre de 2009.—La secretaria (firmado).

(02/13.335/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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