Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
30-11-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091130-0212

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 35 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Begoña González Rozas, secretaria sustituta, refuerzo de tardes, de lo social del número 35 de Madrid.

Hago saber: Que en las presentes actuaciones que se siguen en este Juzgado a instancias de don Ángel Manuel Salazar Rengel, contra la empresa “Arregal, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por despido, registrado con el número 1.359 de 2009, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimo la demanda formulada por don Ángel Manuel Salazar Rengel y declaro la improcedencia del despido de que fue objeto por parte de la demandada “Arregal, Sociedad Limitada”, y dada su desaparición, declaro igualmente extinguida la relación laboral que unía a las partes desde esta fecha, condenando a la demandada a estar y pasar por ambas declaraciones, así como a que abone al actor en concepto de indemnización la cantidad de 114,85 euros y por los salarios de tramitación del período 31 de agosto de 2009 a 4 de noviembre de 2009 (sesenta y cinco días) la cantidad de 995,32 euros.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número de cuenta 2808/0000/00/1359/09 en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros (25.000 pesetas) en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación a “Arregal, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo el presente.

En Madrid, a 10 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/38.095/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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