Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
30-11-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091130-0114

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 24
DE MADRID

EDICTO

El magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado número 24 de Madrid se tramitan autos sobre divorcio bajo el número 193 de 2006, a instancias de doña María Isabel Fernández Suárez, contra don Alberto Pina Nieto, que se halla en ignorado paradero, en cuyos autos se ha dictado sentencia en fecha 24 de septiembre de 2007, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Fallo

Que estimando la demanda de divorcio interpuesta por doña María Isabel Fernández Palomares Quesada, defendida por la letrada doña Beatriz de la Cueta Núñez, contra don Alberto Pina Nieto, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro disuelto, por divorcio el matrimonio de don Alberto Pina Nieto y doña María Isabel Fernández Palomares Quesada, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración, adoptando como medidas complementarias definitivas las siguientes:

1.a  La cesación de la presunción de convivencia conyugal y la revocación de consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado al otro, cesando la posibilidad de vincular los bienes privativos del otro cónyuge hubiera otorgado al otro, cesando la posibilidad de vincular los bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.

2.a  No procede establecer ninguna otra medida complementaria sobre prestación compensatoria ni sobre derecho de uso.

No se hace especial condena de las costas procesales a ninguna de las partes dada la naturaleza de los intereses públicos que se protegen en este tipo de procesos.

Firme que sea esta resolución, comuníquese al Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio de los cónyuges litigantes.

Al notificar esta sentencia a las partes, hágaseles saber que contra la misma podrán interponer, ante este Juzgado y en el plazo de cinco días, recurso de apelación del que, en su caso, conocerá la Audiencia Provincial.

Y para que sirva de notificación en forma a la referida parte demandada, que se halla en ignorado paradero, he acordado la publicación del presente edicto en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo el presente en Madrid, a 4 de febrero de 2008.—La secretaria (firmado).—El magistrado-juez de primera instancia (firmado).

(02/13.179/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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