Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
02-12-2009

Sección 1.4.90.70: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091202-0046

Páginas: 0


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Consejería de Sanidad

Resolución de 16 de noviembre de 2009, del Gerente, por la que, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica la Resolución de 21 de septiembre de 2009, por la que se acuerda la declaración como deudora de cantidades satisfechas indebidamente en nómina a doña Ana Isabel Bancalero Bueno.

Este Hospital ha dictado la Resolución de referencia por la que se acuerda la declaración como deudora de cantidades satisfechas indebidamente en nómina a doña Ana Isabel Bancalero Bueno. La notificación a doña Ana Isabel Bancalero Bueno se ha intentado conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que se haya conseguido practicar.

Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede por la presente a publicar la Resolución de 20 de junio de 2007, cuyo texto íntegro se une como Anexo. Asimismo, se informa a doña Ana Isabel Bancalero Bueno de que también se efectúa la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.

Madrid, a 16 de noviembre de 2009.—El Gerente del Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”, Antonio Barba Ruiz de Gauna.

ANEXO

Visto que ha transcurrido el plazo de diez días expresado en la notificación de fecha 17 de febrero de 2009, para el trámite de audiencia concedido a doña Ana Isabel Bancalero Bueno, con número de identificación fiscal 47010347-A, sin haber presentado esta trabajadora alegación alguna ni haber realizado el reintegro de la deuda indicada en la mencionada notificación, por importe de 1.162,59 euros, y conforme a lo establecido en el artículo 5.2 de la Orden de 23 de mayo de 2001, del Consejero de Presidencia y Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de junio de 2001),

RESUELVO

Primero

Declara a doña Ana Isabel Bancalero Bueno, con número de identificación fiscal 47010347-A, deudora en la cantidad indebidamente percibida, por el importe de 1.162,59 euros.

Segundo

Iniciar la apertura del período de pago voluntario en los plazos que se señalan en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, y que son los siguientes:

a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

La cancelación de la deuda, que pondrá fin al procedimiento de reintegro, será posible mediante el abono de la correspondiente cantidad adeudada a través de la presentación del impreso normalizado de la Dirección General de Tributos, modelo 039 que se adjunta, en cualquier sucursal de las siguientes entidades bancarias: “Banesto”, “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”, “Caja Duero”, “Caja Madrid” y “La Caixa”, debiendo remitir el ejemplar para la Administración a la Unidad de Nóminas de la Dirección de Gestión de Recursos Humanos de este Hospital, sito en el Pabellón Administrativo, segunda planta, despacho número 6.

La falta de pago, en los plazos citados, dará lugar asimismo a la finalización del presente procedimiento de reintegro, que motivará la apertura del procedimiento recaudatorio por la vía de apremio, con el correspondiente devengo del recargo de apremio, intereses de demora y costas que legalmente correspondan.

Contra la presente Resolución podrá formular demanda en la vía jurisdiccional social, a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo a lo establecido en el artículo 69 de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobada por Real Decreto 2/1995, de 7 de abril, antes de lo cual deberá interponer reclamación previa ante el Consejero de Sanidad y Consumo, de acuerdo a lo indicado en los artículos 120 y 125 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda interponer cualquier otro sistema de impugnación que considere oportuno.

Madrid, a 21 de septiembre de 2009.—El Gerente del Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”, Antonio Barba Ruiz de Gauna.

(03/38.817/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.90.70: I. COMUNIDAD DE MADRID

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