Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091202-0063
Páginas: 0
|
AYUNTAMIENTOS Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA DE LO SOCIAL EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN En las actuaciones número 375 de 2008, seguidas ante la Sección Quinta de la Sala de lo social de este Tribunal Superior de Justicia, dimanantes de los autos número 1.096 de 2006 del Juzgado de lo social número 9 de Madrid, promovidos por don Ignacio Suárez Sureda, contra “Inaltia Grupo Empresarial, Sociedad Limitada”, “Puerta de Europa Inversiones, Sociedad Anónima”, “Sociedad Unipersonal Hitos de Lorenzo y Asociados”, don Juan Miguel Hitos Fuentes, “Oncedisa, Sociedad Anónima”, “Olivos Naturales, Sociedad Limitada”, “Grupo Millénium Monterrey, Sociedad Anónima”, y doña Rebeca de Lorenzo Martínez, sobre otros despidos, con fecha 22 de octubre de 2009 se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Isabel Ballesteros Gonzalo.—En Madrid, a 22 de octubre de 2009. Visto que se han devuelto por la Sala de lo social (Cuarta) del Tribunal Supremo las actuaciones en su día remitidas en virtud del recurso de casación para la unificación de doctrina entonces interpuesto, así como la certificación de la resolución dictada por dicho Alto Tribunal, se dispone: a) Que se cumpla lo que se ordena en dicha resolución. b) Que se acuse recibo a la citada Sala Cuarta. c) Que de conformidad con lo que establece el artículo 199.2 de la Ley de Procedimiento Laboral, se remitan las actuaciones al Juzgado de lo social de origen, con certificación de la sentencia dictada por esta Sala. d) Que una vez consten recibidos los acuses de recibo del Juzgado y de la notificación a las partes de esta diligencia, se archive el rollo de suplicación, dejando la debida nota en los libros de esta Sala. Seguidamente paso a notificar esta diligencia de ordenación a las partes, a las que les advierto que pueden pedir su revisión en el plazo de un día a contar desde la notificación mediante escrito motivado presentado ante esta misma Sala. La interposición de la citada revisión no impide la inmediata ejecutividad de lo aquí acordado.—Doy fe. Se advierte a la parte en ignorado paradero que, en lo sucesivo, se le efectuarán las notificaciones en estrados, salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Y para que sirva de notificación y advertencia en forma a “Grupo Millénium Monterrey, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, se expide el presente edicto en Madrid, a 22 de octubre de 2009.—El secretario (firmado). (03/39.319/09) |

