Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091202-0205
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE PONFERRADA EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Raquel López Arias, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Ponferrada. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 109 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Mar Digón Garnelo, contra la empresa “Creative Creature, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia: Que estimando como estimo la demanda presentada por doña María del Mar Digón Garnelo, contra “Creative Creature, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa demandada a pagar a la actora la cantidad de 2.020,79 euros y el 10 por 100 del preceptivo recargo en concepto de mora. Notifíquese esta sentencia a las partes, con las prevenciones del artículo 100 de la Ley de Procedimiento Laboral, haciéndoles saber que frente a ella cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, el cual deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito, en este Juzgado dentro de cinco días siguientes a su notificación, o bien por manifestación en el momento en que se practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá consignar la cantidad de 150,25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, abierta en “Banesto”, con el número 2141/0000/65/0109/09, acreditándolo mediante la presentación del justificante de este ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso; así como, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, que deberá consignar en la referida “Cuenta de depósitos y consignaciones” la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaría del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso en el momento de anunciarlo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Creative Creature, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Ponferrada, a 3 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/38.526/09) |

