Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091202-0278
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C) Otras Disposiciones Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio
Por el Consejo de Gobierno, con fecha 29 de octubre de 2009, se adoptó, entre otros, el Acuerdo del siguiente tenor literal: «I. Con fecha 3 de junio de 2009, el Pleno del Ayuntamiento de El Escorial acordó aprobar provisionalmente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de El Escorial para la descatalogación del jardín protegido JP6, sito en la calle José García Siñeriz, con vuelta a la calle San Bernabé, y su remisión para su aprobación definitiva por el órgano autonómico competente. Constan en el expediente los informes favorables de la Dirección General de Evaluación Ambiental, de 29 de abril de 2007; de la Dirección General de Patrimonio Histórico, de 26 de enero de 2009, y de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, de 18 de febrero de 2009. II. La Modificación Puntual tiene por objeto la modificación del Catálogo de Bienes Protegidos del Término Municipal de El Escorial. En concreto, se retira la protección del jardín del inmueble sito en la calle José García Siñeriz, con vuelta a la calle San Bernabé, quedando únicamente protegido el cedro de gran porte que hay en la parcela y el cerramiento de la parcela. La Modificación afecta a las siguientes hojas y planos de las Normas Subsidiarias: — Hoja denominada “Número de Catálogo JP6 Plano número CAT 1-1”, se sustituye por “Número de Catálogo JP6 Plano número CAT 1-1 Modif. 14 Modif”. III. La Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial en su informe técnico jurídico de fecha 7 de septiembre de 2009, ha informado favorablemente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de El Escorial para la descatalogación del jardín protegido JP6, sito en la calle José García Siñeriz, con vuelta a la calle San Bernabé, al considerarla viable desde el punto de vista técnico y jurídico. Por último, y de acuerdo con los citados informes, la citada Dirección General concluye, con fecha 8 de septiembre de 2009, proponiendo la aprobación definitiva de la Modificación Puntual. IV. En cuanto a la tramitación administrativa seguida se han cumplimentado los trámites previstos en el artículo 57 de la Ley 9/2001, que regula el procedimiento de aprobación de los Planes Generales y de sus Modificaciones y Revisiones en su fase municipal. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe de la Comisión de Urbanismo, la aprobación definitiva de todos los Planes Generales y de Sectorización y sus revisiones, así como la aprobación de las modificaciones que correspondan a municipios con población de derecho superior a 15.000 habitantes, circunstancia que concurre en el presente supuesto. En su virtud, previo informe favorable de la Comisión de Urbanismo de Madrid, en sesión celebrada el día 24 de septiembre de 2009 (Ac. 200/2009), a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 29 de octubre de 2009, ACUERDA Primero Aprobar definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de El Escorial para la descatalogación del jardín protegido JP6, sito en la calle José García Siñeriz, con vuelta a la calle San Bernabé. Segundo Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID». En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del citado expediente, se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, donde puede ser consultado. Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir. Madrid, a 11 de noviembre de 2009.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez. (03/38.552/09) |

