Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091204-0307
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C) Otras Disposiciones Consejería de Transportes e Infraestructuras
Con el fin de preservar la seguridad en la sede de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, sita en el número 17 de la calle Maudes de Madrid, y en las oficinas de la misma Consejería ubicadas en el número 60 de la calle Orense de Madrid, es preciso controlar el acceso a ambos edificios de los ciudadanos que acuden a realizar diferentes gestiones administrativas. El sistema de control de acceso a los edificios implicará el tratamiento de las imágenes obtenidas por cámaras o videocámaras. Por ello, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, sobre Protección de Datos de Carácter Personal, se hace necesario proceder a la creación de dos ficheros de datos de carácter personal para la obtención y tratamiento de las imágenes captadas por cámaras y videocámaras de las personas que acceden a ambos edificios, con la finalidad de controlar el acceso a los mismos. Mediante la presente Orden se crean los ficheros de datos de carácter personal denominados “Videovigilancia Maudes 17” y “Videovigilancia Orense 60”. La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, establece en su artículo 4.1 que la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal incluidos en su ámbito de aplicación se realizará mediante disposición de carácter general que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, mediante Orden del Consejero respectivo. Los datos obtenidos por las cámaras y videocámaras deberán ser destruidos en el plazo máximo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en la norma quinta de la Instrucción 1/2007, de 16 de mayo, de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, sobre tratamiento de datos personales a través de sistemas de cámaras o videocámaras en el ámbito de los órganos y Administraciones públicas de la Comunidad de Madrid. La creación de los ficheros objeto de la presente Orden se ajusta a los términos y condiciones fijados tanto en la Ley 8/2001, de 13 de julio, citada, como en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos. Esta Orden ha sido sometida al preceptivo informe de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid. En su virtud, haciendo uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente, DISPONGO Artículo primero Crear los ficheros automatizados de datos de carácter personal previstos en los Anexos I y II de la presente Orden, relativos a la videovigilancia de los edificios de la calle Maudes, número 17, y Orense, número 60, de Madrid, en los términos y condiciones fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid. Artículo segundo En relación con las medidas de seguridad para la protección de los datos personales contenidos en los ficheros que se crean, se dará cumplimiento, en los términos que se establecen en los Anexos I y II de esta Orden, a lo previsto en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal. DISPOSICIÓN FINAL La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 4 de noviembre de 2009. El Consejero de Transportes e Infraestructuras, JOSÉ IGNACIO ECHEVERRÍA ECHÁNIZ ANEXO I CREACIÓN DE FICHEROS Fichero: VIDEOVIGILANCIA MAUDES 17 Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Consejería de Transportes e Infraestructuras, Secretaría General Técnica. Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): Consejería de Transportes e Infraestructuras, Secretaría General Técnica. Nombre y descripción del fichero: VIDEOVIGILANCIA MAUDES 17. Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Informatizado. Medidas de seguridad: Medidas de nivel básico. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero: — Datos de carácter identificativo: Imagen/Voz. Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: CONTROL Y VIGILANCIA DE LAS INSTALACIONES. RECOGER IMÁGENES DE LAS PERSONAS QUE ACCEDAN AL EDIFICIO, A LOS APARCAMIENTOS Y A LAS ZONAS RESERVADAS A LOS CARGOS DIRECTIVOS PARA SEGURIDAD. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: Empleados. Ciudadanos y residentes. Cargos Públicos. Otros colectivos: PERSONAS QUE ACCEDAN AL EDIFICIO, A LOS APARCAMIENTOS Y A LAS ZONAS RESERVADAS A CARGOS DIRECTIVOS. Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: El propio interesado o su representante legal. Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: Órganos Judiciales, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. ANEXO II CREACIÓN DE FICHEROS Fichero: VIDEOVIGILANCIA ORENSE 60. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Consejería de Transportes e Infraestructuras, Secretaría General Técnica. Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): Consejería de Transportes e Infraestructuras, Secretaría General Técnica. Nombre y descripción del fichero: VIDEOVIGILANCIA ORENSE 60. Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Informatizado. Medidas de seguridad: Medidas de nivel básico. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero: Datos de carácter identificativo: Imagen/Voz. Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: CONTROL Y VIGILANCIA DE LAS INSTALACIONES. RECOGER IMÁGENES DE LAS PERSONAS QUE ACCEDAN AL EDIFICIO, A LOS APARCAMIENTOS Y A LAS ZONAS RESERVADAS A LOS CARGOS DIRECTIVOS PARA SEGURIDAD. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: Empleados. Ciudadanos y residentes. Cargos Públicos. Otros colectivos: PERSONAS QUE ACCEDAN AL EDIFICIO, A LOS APARCAMIENTOS Y A LAS ZONAS RESERVADAS A CARGOS DIRECTIVOS. Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: El propio interesado o su representante legal. Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: Órganos Judiciales, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. (03/40.338/09) |

