Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
07-12-2009

Sección 1.3.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091207-0024

Páginas: 0


C) Otras Disposiciones

Consejería de Empleo y Mujer

4087 ORDEN 3273/2009, de 20 de noviembre, por la que se regularizan ficheros de datos de carácter personal adscritos a la Consejería.

La entrada en vigor del nuevo Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos, aprobado por Real Decreto 1720/2007, obliga a determinar el nivel de seguridad aplicable a cada uno de los ficheros que traen datos de carácter personal, sean estos objeto de un tratamiento automatizado o no.

En este sentido y al objeto de regularizar el contenido de las inscripciones existentes en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Comunidad de Madrid, se procede a la elaboración de una disposición de carácter general de modificación de todos aquellos ficheros que no contaban en su inscripción actual con el nivel de seguridad asignado, especificándose el nivel de seguridad que les corresponde según la nueva regulación introducida por el citado Reglamento.

Por otra parte, la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, establece que la aprobación de disposiciones de carácter general por las que se
creen, modifiquen o supriman ficheros de datos incluidos en el ámbito de aplicación de la referida Ley serán objeto de aprobación mediante Orden del Consejero respectivo, a tenor de lo indicado en su artículo 4.

Por tanto, la Consejería de Empleo y Mujer, como titular de la función específica en que se concreta la competencia sobre la materia a cuyo ejercicio sirven instrumentalmente los ficheros, procede a regularizar los ficheros de datos de carácter personal a ella adscritos y que se relacionan en el único Anexo de esta Orden, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

La regularización de estos ficheros se ajustará a los términos y condiciones fijados tanto en la Ley 8/2001, de 13 de julio, citada, como en el Decreto 99/2002, de 13 de junio, de Regulación del Procedimiento de Elaboración General de Creación, Modificación y Supresión de Ficheros de Datos de Carácter Personal, así como en el citado Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

La presente Orden ha sido sometida al preceptivo informe de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

En virtud, y en uso de las facultades atribuidas por el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, así como en el artículo 4.1 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Artículo 1

Regularización de ficheros

Se procede a la regularización de los ficheros de datos de carácter personal que se incluyen en el único Anexo.

Artículo 2

Medidas de seguridad

En relación con las medidas de seguridad para la protección de los datos personales contenidos en los ficheros que se modifican, se dará cumplimiento a lo previsto en el título VIII del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal

DISPOSICIONES FINALES

Primera

Habilitación

Se faculta a la Secretaría General Técnica para adoptar las medidas que considere oportunas para la aplicación y ejecución de lo dispuesto en esta Orden.

Segunda

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 20 de noviembre de 2009.

La Consejera de Empleo y Mujer,
 MARÍA PALOMA ADRADOS GAUTIER

ANEXO

(03/40.339/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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