Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
07-12-2009

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091207-0031

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Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte
y Portavocía del Gobierno

Resolución de 26 de noviembre de 2009, por la que se hace pública la Orden 1987/2009, de 25 de noviembre, de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, por la que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el “Proyecto de construcción del depósito de Gascones de 800 metros cúbicos”, en el término municipal de Gascones, y se convoca a los interesados al levantamiento de las actas previas a la ocupación. Expediente número 274.

En aplicación de los artículos 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, y 20 de su Reglamento de ejecución, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, se hace público que el Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno ha dictado la siguiente:

Orden 1987/2009, de 25 de noviembre, de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, por la que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el “Proyecto de construcción del depósito de Gascones de 800 metros cúbicos”, en el término municipal de Gascones, y se convoca a los interesados al levantamiento de las ac-
 tas previas a la ocupación. Expediente número 274

El “Proyecto de construcción del depósito de Gascones de 800 metros cúbicos” tiene por objeto la mejora del abastecimiento de dicho municipio, mediante la construcción de un nuevo depósito regulador que aumentará la garantía de suministro, y de una conducción que conectará el nuevo depósito con la red de distribución del municipio, resolviendo las deficiencias de suministro, principalmente, en época estival.

La Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio resolvió, con fecha 22 de mayo de 2008, que el proyecto no precisa de procedimiento alguno de evaluación de impacto ambiental, estableciéndose medidas para conseguir una mayor protección ambiental.

El Plan Especial de Infraestructuras se aprobó definitivamente por la Comisión de Urbanismo de la Comunidad de Madrid, en su sesión de 30 de octubre de 2008, y se hizo público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 288, de 3 de diciembre de 2008.

La Orden 146/2009, de 27 de marzo, del Vicepresidente y Portavoz del Gobierno, dispuso someter a información pública la relación los bienes y derechos afectados por este proyecto, siendo la entidad beneficiaria del expediente expropiatorio el Canal de Isabel II. La mencionada Orden ha sido publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 96, de 24 de abril de 2009, en el diario “ABC” de 27 de abril de 2009, y expuesta durante quince días en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Gascones.

Dentro del plazo establecido para el trámite de información pública se han formulado alegaciones en las que se solicita la modificación del trazado de la conducción y de la ubicación del depósito, y la rectificación de la titularidad de determinados bienes y derechos. Se ha procedido a contestar a los interesados comunicándoles el mantenimiento del trazado de la conducción y la ubicación del depósito, así como la rectificación de la titularidad de determinados bienes y derechos, sin perjuicio que los interesados deban acreditarla a lo largo del expediente.

En este sentido, a los efectos de los artículos 20 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, y 19 de su Reglamento de ejecución, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, y con base en los antecedentes administrativos citados, se estima procedente ratificar todas las actuaciones habidas hasta la fecha, y en consecuencia, declarar la urgente ocupación de los bienes y derechos comprendidos en la relación que acompaña la presente Orden, confirmando las afecciones por resultar indispensables para el cumplimiento del objeto del proyecto.

La declaración de utilidad pública del proyecto se considera realizada en virtud de lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, y en la disposición adicional octava de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo establecido en el apartado 1 del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se entiende cumplido el trámite de necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados por el Proyecto.

La urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto viene motivada por la necesidad inaplazable de garantizar el suministro a la población del municipio de Gascones. En la actualidad no se encuentra garantizado dado que este se realiza a través del depósito de regulación existente de 50 metros cúbicos de capacidad, llegando incluso a estar altamente comprometido para la demanda que se produce en la época estival.

En el expediente consta la existencia de crédito suficiente para hacer efectivo el pago de las indemnizaciones expropiatorias, en atención a lo previsto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

En su virtud, y en aplicación de los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 19.3 de la Ley 3/2007, de 26 de julio, de Medidas Urgentes de Modernización del Gobierno y la Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa relativo al “Proyecto de construcción del depósito de Gascones de 800 metros cúbicos”, en el término municipal de Gascones. La relación detallada de los bienes y derechos afectados figura en el Anexo a esta Orden, siendo extensiva esta declaración, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, a los bienes que pudieran verse afectados por los reformados posteriores al proyecto.

Segundo

Notificar a los interesados el lugar, día y hora en que han de comparecer para el levantamiento del Acta Previa a la Ocupación. La relación de interesados, el Ayuntamiento y la fecha de convocatoria se detallan, asimismo, en el Anexo a esta Orden.

Todos los interesados, así como las personas que, siendo titulares de derechos o intereses económicos directos sobre los bienes afectados, se hayan podido omitir en la relación, podrán, una vez publicada esta y hasta el momento del levantamiento del Acta Previa, formular alegaciones por escrito, a los solos efectos de la subsanación de posibles errores que se hayan podido padecer al relacionar los bienes y derechos afectados por la urgente ocupación. Los escritos de alegaciones se dirigirán a la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, Puerta del Sol, número 7, 28013 Madrid.

En relación con aquellos bienes que se acrediten como de dominio público, se estará a lo dispuesto en la normativa sectorial sobre su uso.

ANEXO

Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados por el “Proyecto de construcción del depósito de Gascones de 800 metros cúbicos”, a la vista de las comparecencias habidas en el período de información pública, sin perjuicio de los errores que pudieran existir y que podrán subsanarse hasta el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación (artículo 56 del Reglamento de Expropiación Forzosa); con expresión de la fecha de la convocatoria para el levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación.

Abreviaturas utilizadas: CLAS. URB.: Clasificación Urbanística; SNU: suelo no urbanizable; SU: suelo urbano.

TÉRMINO MUNICIPAL: GASCONES

Expediente 274

La presente publicación se hace, además, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, respecto a posibles interesados no identificados, a titulares desconocidos, se ignore el lugar de notificación o bien, intentada esta, no se hubiera podido practicar.

Contra la citada Orden, que pone fin a la vía administrativa, en lo relativo a las circunstancias que justifican declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados, se podrá interponer recurso de reposición, ante el propio órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 26 de noviembre de 2009.—El Secretario General Técnico, Borja Sarasola Jáudenes.

(01/4.821/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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