Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091207-0032
Páginas: 0
|
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS MAJADAHONDA RÉGIMEN ECONÓMICO Una vez intentada la notificación, por dos veces y conforme al artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de los acuerdos de incoación de expedientes sancionadores en materia de tráfico, cuya relación se inserta a continuación, sin que esta haya sido posible, se procede a publicar el presente anuncio, según establece el artículo 59.5 de la Ley antes citada. Los interesados disponen de un plazo de quince días para efectuar las alegaciones que consideren oportunas o de diez días para identificar verazmente al conductor del vehículo, a contar desde el día siguiente al de esta publicación mediante escrito dirigido al alcalde del Ayuntamiento de Majadahonda (Madrid), presentándolo en el Registro General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley antes citada. Los interesados o personas debidamente autorizadas podrán acceder al expediente sancionador en la sede de la Policía Local del Ayuntamiento de Majadahonda (Madrid), calle Doctor Calero, número 11, en horario de nueve a catorce, de lunes a viernes no festivo. Se podrán hacer efectivos los expedientes sancionadores, con un descuento del 30 por 100 sobre el precio reflejado, en el plazo de treinta días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio. Transcurrido el citado plazo se entenderá notificado el acto antes mencionado y se continuará con el expediente sancionador conforme a los artículos 13.2, 18 y 19 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora. Rgc: Reglamento General de Circulación aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre. Rgv: Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre. Lsv: Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo. Ora: ordenanza reguladora del aparcamiento en vías públicas del Ayuntamiento de Majadahonda, aprobada por el Ayuntamiento Pleno el 7 de junio de 2005 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 185, de 5 de agosto de 2005. Una vez intentada la notificación, por dos veces y conforme al artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de los acuerdos de imposición de sanciones correspondientes a los expedientes sancionadores en materia de tráfico cuya relación se inserta a continuación, sin que esta haya sido posible, se procede a publicar el presente anuncio, según establece el artículo 59.5 de la Ley antes citada. Los interesados disponen de un mes, a contar desde el día siguiente al de esta publicación, para presentar recurso de reposición mediante escrito dirigido al alcalde del Ayuntamiento de Majadahonda (Madrid), presentándolo en el Registro General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley antes citada o bien interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de esta publicación. Si opta por presentar recurso de reposición, el plazo para dictar la resolución y notificación del mismo será de un mes. Contra la desestimación expresa del mismo, podrá presentar recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación. Contra la desestimación presunta, por el transcurso del plazo del mes para dictar resolución y notificación sin que esta se haya producido, podrá presentar recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la finalización del plazo para resolver y notificar el recurso de reposición. Los interesados o personas debidamente autorizadas, podrán acceder al expediente sancionador en la sede de la Policía Local del Ayuntamiento de Majadahonda (Madrid), calle Doctor Calero, número 11, en horario de nueve a catorce, de lunes a viernes no festivos. Transcurrido el citado plazo se entenderá notificado el acto antes mencionado y se continuará con el expediente sancionador conforme a los artículos 17.2 y 19 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora. Rgc: Reglamento General de Circulación aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre. Rgv: Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre. Lsv: Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo. Ora: ordenanza reguladora del aparcamiento en vías públicas del Ayuntamiento de Majadahonda, aprobada por el Ayuntamiento Pleno el 7 de junio de 2005 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 185, de 5 de agosto de 2005. Majadahonda, a 13 de noviembre de 2009.—El instructor, Estanislao Gil Sacristán. (02/12.929/09) |

