Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091211-0244
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C) Otras Disposiciones Consejería de Economía y Hacienda
El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, establece en el artículo 26.1.1.17 que corresponde a la Comunidad de Madrid la plenitud de la función legislativa en materia de fomento del desarrollo económico dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional. Corresponde a la Agencia Financiera de Madrid, Organismo Autónomo de carácter administrativo, dependiente de la Consejería de Economía y Hacienda, la mejora y la promoción de la adecuada financiación de las empresas madrileñas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de su Ley de Creación (Ley 3/1997, de 8 de enero). Con fecha 30 de marzo de 2009 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el Acuerdo de 5 de marzo de 2009, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y el procedimiento de concesión directa de determinadas ayudas destinadas a prestar apoyo financiero a las pymes madrileñas para mejora de su competitividad y desarrollo tecnológico. El citado Acuerdo tiene por objeto regular el contenido y el procedimiento de concesión directa de determinadas subvenciones, destinadas a proporcionar apoyo financiero y mejorar la competitividad de pequeñas y medianas empresas que dispongan de un centro de actividad abierto en la Comunidad de Madrid y realicen inversiones en dicho ámbito territorial, financiadas por entidades de crédito con establecimiento permanente abierto en la Comunidad de Madrid y avaladas por Avalmadrid SGR. Al objeto de establecer un procedimiento ágil, imprescindible en la coyuntura actual, se desarrollan en el citado Acuerdo las normas procedimentales comunes de las líneas de ayuda que se regulan en los Anexos del Acuerdo. Siendo de interés que los trabajadores autónomos y las pequeñas y medianas empresas madrileñas, al objeto de mejorar su competitividad en los términos indicados, puedan acogerse a la normativa reguladora contenida en el referido Acuerdo de Consejo de Gobierno, se modificó el citado Acuerdo, mediante Acuerdo de 27 de agosto de 2009, de Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de septiembre de 2009), incluyéndose una nueva línea referida a las pymes y autónomos de la Comunidad de Madrid cuyas condiciones particulares se especifican en un nuevo Anexo denominado “Plan para el Fomento de la Inversión Productiva en la Comunidad de Madrid”. A la vista de los excelentes resultados obtenidos, la magnífica acogida que la medida ha tenido entre los madrileños y la complicada situación que continúa viviendo el sector, se considera oportuno proceder a modificar el Acuerdo de 5 de marzo de 2009, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y el procedimiento de concesión directa de determinadas ayudas destinadas a prestar apoyo financiero a las pymes madrileñas para mejora de su competitividad y desarrollo tecnológico, incrementando el importe asignado a estas actuaciones en 400.000 euros. En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre; en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento, en todo lo que constituye legislación básica; en la Ley de la Comunidad de Madrid 2/1995, de 8 de marzo, y, en particular, la disposición adicional novena de la Ley 2/2008, de 22 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad de Madrid para 2009, el Consejo de Gobierno, en su reunión de 10 de diciembre de 2009, ACUERDA Modificar el punto 6 del Acuerdo de 5 de marzo de 2009, del Consejo de Gobierno, “Cuantía de la línea” del Anexo V, que queda redactado en los siguientes términos: “6. Cuantía de la línea. El importe destinado por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Agencia Financiera de Madrid, para financiar las acciones descritas será de 1.400.000 euros con cargo al Programa 170, Partida 77390”. El presente Acuerdo surtirá efectos desde el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Acordado en Madrid, a 10 de diciembre de 2009. El Consejero de Economía y Hacienda, La Presidenta, ANTONIO BETETA BARREDA ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA (03/41.538/09) |

