Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091212-0049
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN JUZGADO NÚMERO 4 DE ALCORCÓN EDICTO Don Antonio Monge Esteban, secretario del Juzgado de primera instancia e instrucción número 4 de Alcorcón. Hace saber: Que ante este Juzgado, y bajo el número 288 de 2008, se sigue proceso de juicio verbal a instancias de “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, frente a “Jinnah Internacional Pak, Sociedad Limitada”, en cuyos autos se ha dictado sentencia el día 1 de septiembre de 2009, cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal: Don David Suárez Leoz, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 4 de Alcorcón y su partido, ha visto los presentes autos de juicio verbal registrados al número 288 de 2008, a instancias de la procuradora doña María Piña del Castillo, en nombre y representación de la mercantil “Gas Natural SDG, Sociedad Anónima”, defendida por el letrado don Miguel Urrutia Santos, contra “Jinnah Internacional Pak, Sociedad Limitada”, en situación de rebeldía, sobre reclamación de cantidad. Que estimando como estimo la demanda interpuesta por la procuradora doña María Piña del Castillo, en nombre y representación de la mercantil “Gas Natural SDG, Sociedad Anónima”, contra “Jinnah Internacional Pak, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a dicha demandada a que abone a la actora la suma de 956,82 euros, más intereses legales. Asimismo, se acuerda la resolución del contrato de suministro de gas para uso en el local situado en la finca de la calle Istúriz, número 1, bar, en Madrid, para lo cual se consiente la entrada en el local sito en la citada finca a los efectos de retirar el contador de gas si la demandada no facilitase la entrada. Asimismo, se condena a la parte demandada en las costas procesales causadas a la parte actora. De la presente sentencia dedúzcase testimonio literal para su incorporación a los autos e inclúyase en el libro de sentencia según el artículo 213 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, que se preparará ante este Juzgado en el plazo de cinco días contados a partir del siguiente a su notificación a tramitar conforme a los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Y se ha dictado auto de fecha 16 de septiembre de 2009 cuyo fallo es el siguiente: Se rectifica la sentencia de 1 de septiembre de 2009, en el sentido de que donde se dice: «“Gas Natural SDG”»; debe decir: «“Gas Natural Distribución SDG”». Y para que sirva de notificación en forma a la demandada “Jinnah Internacional Pak, Sociedad Limitada”, en paradero desconocido, expido el presente en Alcorcón, a 29 de octubre de 2009.—El secretario (firmado). (02/13.549/09) |

