Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
15-12-2009

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091215-0139

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 5
DE GETAFE

EDICTO

Doña María Soravilla García, secretaria del Juzgado de instrucción número 5 de Getafe.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 257 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia

En Getafe, a 1 de octubre de 2009.—El ilustrísimo señor don José María Celemín Porrero, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Getafe, ha visto y examinado las presentes actuaciones de juicio verbal de faltas seguidas bajo el número 257 de 2009, sobre hurto, siendo denunciante don José Luis Cordero Rafael y denunciados don Rostylav Steyunistkyy y don Pavel Nabor Shhlkov, en las que ha sido parte el ministerio fiscal en representación de la acción pública y por el segundo denunciado la letrada doña Gema Gutiérrez de la Rosa.

Fallo

Absuelvo libremente por los hechos objeto de este juicio de faltas a los denunciados don Rostylav Steyunistkyy y don Pavel Nabor Shhlkov, declarando las costas de oficio.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Rostylav Steyunistkyy y don Pavel Nabor Shhlkov, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Getafe, a 5 de noviembre de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/39.152/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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