Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
15-12-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091215-0243

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 36 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.474 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Santiago de la Cruz Fuentes, contra don José Rodríguez Villasante, “El Horno del Paseo, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Santiago de la Cruz Fuentes, en materia de despido, contra la empresa “El Horno del Paseo, Sociedad Limitada”, y don José Rodríguez Villasante, con intervención del Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro improcedente el despido de don Santiago de la Cruz Fuentes, condenando a la empresa “El Horno del Paseo, Sociedad Limitada”, y a don José Rodríguez Villasante a que solidariamente opten en el plazo de cinco días ante este Juzgado de lo social entre la readmisión de don Santiago de la Cruz Fuentes o el abono de una indemnización de 34.762,95 euros y, en todo caso, de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (31 de julio de 2009), a la fecha de notificación de la presente resolución a razón de 57,65 euros diarios.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “El Horno del Paseo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/39.651/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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