Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
17-12-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091217-0297

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 25 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.127 de 2007 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Carmen García López, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Ibermutuamur, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 274”, y “Pastelerías Madroño, Sociedad Limitada”, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente sentencia:

Sentencia número 129 de 2009

En Madrid, a 2 de abril de 2009.—La ilustrísima señora doña Soledad Fernández del Mazo, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 25, ha visto el presente auto número 1.127 de 2007, seguido entre partes: como demandante doña María del Carmen García López, mayor de edad, con documento nacional de identidad número y domicilio que consta en autos, asistida del letrado don Fernando Bazarra Rodríguez, y como demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social representada por la letrada doña Natalia Pastor Estrella, Servicio Público de Empleo Estatal, no comparece, “Ibermutuamur” representada por el letrado don Juan José Benito Sánchez, y “Pastelerías Madroño, Sociedad Limitada”, no comparece. Versando los autos sobre accidente de trabajo. Dictándose la presente resolución en nombre de Su Majestad el Rey y en base al siguiente.

Fallo

Que se tiene por desistida a doña Carmen García López de la acción entablada contra el Servicio Público Estatal de empleo.

Que desestimando la demanda promovida por doña Carmen García López, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Pastelerías Madroño, Sociedad Limitada”, e “Ibermutuamur”, debo absolver y absuelvo a los demandados de los pedimentos deducidos en su contra.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o de su representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia y/o por escrito ante este Juzgado, en el mismo plazo.

Al hacer el anuncio, se designará por escrito y/o comparecencia letrado que dirija el recurso, y si no se hace, lo solicitará de oficio, si se trata de trabajador o empresario con beneficio de justicia gratuita, el cual ostentará también la cualidad de representante a menos que hubiese hecho designación expresa de este último.

Si el recurrente es la entidad gestora, deberá presentar ante este Juzgado junto con el anuncio del recurso, certificación acreditativa de que comienza el abono de la prestación de pago periódico y que lo proseguirá puntualmente durante la tramitación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Pastelerías Madroño, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 10 de noviembrre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/39.773/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091217-0297