Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091217-0310
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 21 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Gloria Morchón Izquierdo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 274 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Roger Oldine Cubas Ramírez, contra la empresa “Alisnava Construcciones, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado en el día de la fecha auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva: a) Declarar extinguida la relación laboral que unía a don Roger Oldine Cubas Ramírez con la parte demandada “Alisnava Construcciones, Sociedad Limitada”. b) Sustituir la obligación de readmisión incumplida por la demandada “Alisnava Construcciones, Sociedad Limitada”, por la indemnización de 1.125,24 euros. c) Condenar a la parte demandada “Alisnava Construcciones, Sociedad Limitada”, al pago de los salarios de tramitación a la parte demandante don Roger Oldine Cubas Ramírez, por importe de 15.103,02 euros (trescientos dos días por 50,01 euros por día). Notifíquese esta resolución a las partes. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá al tiempo de interponer el recurso, haber consignado la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en “Banesto”, sucursal 1143, número de cuenta 2519, seguido del número de expediente, haciendo constar en el ingreso el tipo de recurso y la fecha de la resolución recurrida. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Isabel Sánchez Peña. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Alisnava Construcciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 18 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/40.300/09) |

