Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091217-0209
Páginas: 0
|
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 9 DE SEVILLA EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Rosa María Adame Barbeta, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 9 de Sevilla. Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento número 185 de 2009, sobre despidos/ceses en general, a instancias de doña Manuela Reina González, doña Rosa de la Concepción Valge León, doña Eloísa López Gutiérrez y doña María Ángeles Expósito González, contra “Línea Hogar 2000, Sociedad Anónima Unipersonal”, en el que con fecha 16 de noviembre de 2009 se ha dictado auto, que sustancialmente dice lo siguiente: Parte dispositiva: Que debo declarar y declaro extinguida la relación laboral que ligaba a las partes, con obligación de la empresa condenada “Línea Hogar 2000, Sociedad Anónima Unipersonal”, de indemnizar a doña Manuela Reina González, doña Rosa de la Concepción Valge León, doña Eloísa López Gutiérrez y doña María Ángeles Expósito González en la cantidad de: a doña Manuela Reina González, 2.017,80 euros; a doña Rosa de la Concepción Valge León, 1.380,68 euros; a doña Eloísa López Gutiérrez, 920,40 euros, y a doña María Ángeles Expósito González, 991,20 euros. Asimismo, debo condenar y condeno a la parte demandada a que abone a la parte actora los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de esta resolución en la forma descrita en el razonamiento jurídico segundo, ascendentes a: doña Manuela Reina González, 8.864,16 euros; doña Rosa de la Concepción Valge León, 8.864,16 euros; doña Eloísa López Gutiérrez, 358,72 euros, y doña María Ángeles Expósito González, 5.909,44 euros. Notifíquese esta resolución a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo social, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en “Banesto” número 4028/0000/0030/0185/09, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo “Concepto” que se trata de un recurso, seguido del código “30” y “Social-Reposición”, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional dedimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Así por este auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don Rafael Fernández López, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 9 de Sevilla.—Doy fe. Y para que sirva de notificación en forma a “Línea Hogar 2000, Sociedad Anónima Unipersonal”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa. En Sevilla, a 17 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/40.819/09) |

