Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091217-0243
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE CÓRDOBA EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Míriam Palacios Criado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Córdoba. Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1.048 de 2008, a instancias de la parte actora don Francisco Romero Corpas, contra “Renfe-Operadora” y 160 más, sobre social ordinario, se ha dictado resolución de fecha de hoy del tenor literal siguiente: En nombre de Su Majestad el Rey.—La ilustrísima señora doña María del Rosario Flores Arias, magistrada-juez titular de este Juzgado, ha pronunciado la siguiente sentencia número 401 de 2009: Fallo Que estimando la excepción de inadecuación de procedimiento, se absuelve en la instancia y sin entrar a resolver el fondo de la cuestión debatida a “Renfe-Operadora” y a los 160 trabajadores afectados por la demanda formulada por don Francisco Romero Corpas. Notifíquese esta resolución a las partes personadas, advirtiéndoseles que no es firme porque contra la misma cabe interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este órgano dentro de los cinco días siguientes a la notificación e interponerse conforme a lo prescrito en los artículos 193 y 194 de la Ley de Procedimiento Laboral, recurso que será resuelto por la Sala de lo social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Igualmente, se advierte al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, sucursal de avenida del Conde de Vallellano, a nombre de este Juzgado con número 1711, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como que, caso de haber sido condenado en la sentencia al pago de alguna cantidad, deberá consignarla en la cuenta de citada o formalizar aval bancario por la misma suma. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación a los demandados don José Luis Valencia León, don Luciano García Robledo, don Tomás Alonso Martínez, don Santos Asunción Ruiz, doña Azucena Rodríguez Maestre, doña María del Carmen Álvarez Egido, don José Antonio López Quesada, don Alfredo Sánchez García, don Ángel Paniagua Saelices, don Antonio Garrido Andrés, don Aparicio Carpeño Seco, doña Azucena Rodríguez Maestre, don Francisco J. Seco Cebada, don Francisco Martínez Andújar, don Javier Garrido Muñoz, don Javier Palancar Jiménez, don José Luis Martín Moral, don Juan C. Morcillo Riviero, don Mariano Bodas Pino, don Martín de Ana Rodríguez, don Máximo Sanz Gallego, don Vicente Jurado Mora, don Ángel Payá Villaescusa, don Ángel Prime Jiménez, don Eduardo Moreno Fandos, don Francisco García Romero, doña Gema Ayllón Rafales, don José A. Martínez Resa, don Pedro Puga Galindo, don Pedro Melero Esteve, don Fernando Vallejo Aznar, don Antonio Gámez Ramírez, don Jorge Jiménez Morales, don José M. Martínez Rico, don Alfredo Zornoza Ortas, don Ángel Martínez García, don Carlos Lajo García, don Carlos Nuez Torres, don Eduardo Lezano Álvarez, don Francisco Javier Jiménez García, don Félix Salvador Arruego, don Fernando Ceballos Vidanes, doña Gema Ayllón Rafales, don Jesús Herrero Álvarez, don José de las Heras Fernández, don José Manuel Fandós Gracia, don José Marzal Bescos, don José Mayora Valderrama, don Juan Carlos Gómez García, don Juan Carlos Lorente Zozaya, don Julián Moratalla Ruiz, don Urbano Moreno Paracuellos, don José de las Heras Fernández y don José Martín Urtado, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos. En Córdoba, a 6 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/40.515/09) |

