Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
17-12-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091217-0344

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 11 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 208 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Francisco Muñoz Pico, don Manuel Taborcia Vicente y doña Matilde García Vega, contra la empresa “Bolpe Marroquinería, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente auto despachando ejecución:

Auto

En Madrid, a 23 de noviembre de 2009.

Parte dispositiva:

a)  Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por doña Matilde García Vega, don Juan Francisco Muñoz Pico y don Manuel Taborcia Vicente, contra “Bolpe Marroquinería, Sociedad Limitada”, por un importe de 20.151,87 euros de principal, más 1.511,39 euros y 2.015,18 euros para intereses y costas que se fijan provisionalmente.

b)  Trabar embargo sobre los bienes de la demandada en cuantía suficiente a cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución.

c)  Acumular la presente ejecución al procedimiento número 1.057 de 2009, ejecución número 70 de 2009, seguido a instancia de don Rafael Peñalva López, contra “Bolpe Marroquinería, Sociedad Limitada”, ascendiendo el principal de las ejecuciones acumuladas a un total de 47.280,46 euros de principal, más 3.546,03 euros y 4.728,03 euros de intereses y costas provisionales. Afectándose los bienes embargados, en su caso, en las distintas ejecuciones acumuladas para responder de la totalidad de las mismas.

Llévese testimonio de la presente resolución, así como de la sentencia dictada en estos autos y de los particulares necesarios a la ejecución a que esta se acumula.

Modo de impugnación: no cabe recurso alguno.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Bolpe Marroquinería, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/40.968/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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