Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091217-0380
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 31 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 646 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Adolfina Sosa Argüello, contra don Isasio Ramírez Ojeda y don Carlos Eduardo Ocampo, sobre cantidad, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente: Que estimando totalmente la demanda de cantidad interpuesta por doña Adolfina Sosa Argüello, frente a don Carlos Eduardo Ocampo, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar la cantidad de 2.850 euros, más el 10 por 100 en concepto de mora. Que estimando parcialmente la demanda de cantidad interpuesta por don Isasio Ramírez Ojeda, frente a don Carlos Eduardo Ocampo, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar la cantidad de 7.100 euros, sin condena en mora. Y en ambos casos debo absolver y absuelvo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores. Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito, siendo indispensable, si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita, que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena, y sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso, y al mismo tiempo, para su formalización, deberá presentar resguardo de ingreso del depósito especial de 150,25 euros en la cuenta del Juzgado designada a tal efecto, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Carlos Eduardo Ocampo, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 25 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/40.965/09) |

