Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-12-2009

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091219-0400

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 1 DE MÓSTOLES

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 627 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Martínez García, contra la empresa “Coordenarama, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Estimando la demanda interpuesta por don Antonio Martínez García contra “Coordenarama, Sociedad Anónima”, en reclamación por despido, debo declarar y declaro improcedente el despido de que fue objeto la actora el día 26 de marzo de 2009, y declaro extinguida desde esta fecha la relación laboral que vinculaba a las partes, condenando a la demandada a abonar a la demandante una indemnización en cuantía de 1.861,12 euros, así como al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha de despido (26 de marzo de 2009) hasta esta fecha a razón de 49,63 euros al día. Todo ello sin perjuicio de las responsabilidades del Fondo de Garantía Salarial en virtud del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese a las partes esta sentencia, haciéndoles saber que frente a la misma puede interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito ante este Juzgado de lo social número 1 de Móstoles, dentro de los cinco días siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente, si es empresario y no goza del beneficio de justicia gratuita consignar en la cuenta corriente número 2850, que este Juzgado tiene abierta en “Banesto”, con el nombre de “Cuenta de depósitos y consignaciones” la cantidad objeto de condena. También deberá acreditar, al tiempo de anunciarlo o en el momento de interponerlo o al tiempo de personarse en la Secretaría de la Sala de lo social, el haber depositado en dicha cuenta la suma de 150,25 euros. Todo ello según lo dispuesto en los artículos 188 y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Coordenarama, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 24 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/41.080/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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