Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
22-12-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091222-0087

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

ALCORCÓN

OTROS ANUNCIOS

De conformidad con el artículo 48.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el cual establece:

“7.  La Administración General del Estado y las Administraciones de las Comunidades Autónomas, con sujeción al calendario laboral oficial, fijarán, en su respectivo ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos. El calendario aprobado por las comunidades autónomas comprenderá los días inhábiles de las Entidades que integran la Administración Local correspondiente a su ámbito territorial, a las que será de aplicación.”

Y del acuerdo adoptado por el consejero rector, en sesión celebrada el 12 de noviembre de 2009, se fija el calendario de días inhábiles del Organismo Autónomo, quedando como sigue:

Días no laborables:

— Enero: 4 y 5.

— Marzo: 29, 30 y 31.

— Junio: 4.

— Diciembre: 7, 23, 27, 28, 29 y 30.

Así como el mes de agosto, en el que permanecerá derivado al servicio de ventanilla única del Ayuntamiento de Alcorcón.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Alcorcón, a 2 de diciembre de 2009.—El vicepresidente del Organismo Autónomo UPA-Alcorcón, Marcelino García Domínguez.

(02/13.755/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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