Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091223-0313
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE VITORIA EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Don Jesús Sevillano Hernández, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Vitoria-Gasteiz. Hago saber: Que en autos de social ordinario número 975 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Miguel Ruiz Peula, contra la empresa “Servicios Técnicos Avanzados y Mantenimiento, Sociedad Limitada” (STAM), y “Global Energy Services Siemsa, Sociedad Anónima”, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución: Auto En Vitoria-Gasteiz, a 18 de septiembre de 2009. Parte dispositiva: Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 18 de marzo de 2010, a las once horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado. Cítese a las partes para dicho acto, dando traslado a la parte demandada de copia de la demandada y de los documentos acompañados, así como del de subsanación. Adviértase a las partes: 1. Que deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (artículo 82.2 de la Ley de Procedimiento Laboral). 2. Que si el demandante citado en forma no comparece, ni alega justa causa que se lo impida, se le tendrá por desistido de la demanda (artículo 83.2 de la Ley de Procedimiento Laboral). 3. Que la incomparecencia injustificada de las demandadas citadas en forma no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de Procedimiento Laboral). Respecto a la prueba solicitada, se acuerda: acceder al interrogatorio de los representantes en juicio de “Servicios Técnicos Avanzados y Mantenimiento, Sociedad Limitada” (STAM), y “Global Energy Services Siemsa, Sociedad Anónima”, para que declaren sobre los hechos y circunstancias objeto del pleito por los que se les pregunte y que el tribunal declare pertinentes. El interrogatorio tendrá lugar el día y hora anteriormente señalados, y a los representantes en juicio de las personas jurídicas se les citará con el apercibimiento de que si no comparecen y no justifican el motivo de la incomparecencia el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos en que hubieren intervenido personalmente, y cuya fijación como ciertos les sea enteramente perjudicial (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil). Además, les será impuesta, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros (artículo 304 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Se requiere a la parte demandada, mediante la notificación de esta resolución, para que presente los documentos que estén en su poder y han sido solicitados por el actor, y fotocopias de los mismos; advirtiéndoles que podrán estimarse probadas las alegaciones hechas por la parte que reclama los documentos si dejan de presentarlos sin causa justificada (artículo 94.2 de la Ley de Procedimiento Laboral). Notifíquese esta resolución. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, con expresión de la infracción que se imputa a la resolución impugnada (artículo 452 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil), sin que su mera interposición suspenda la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Así por este su auto lo pronuncia, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social, doña Emma Porto García.—Doy fe. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servicios Técnicos Avanzados y Mantenimiento, Sociedad Limitada” (STAM), en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Vitoria-Gasteiz, a 30 de noviembre de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/41.593/09) |

