Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091223-0265
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS MADRID ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO Área de Coordinación Institucional Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno Acuerdo de 10 de diciembre de 2009, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueba la creación y modificación de ficheros de datos de carácter personal en el Área de Gobierno de Las Artes. «El presente acuerdo tiene por objeto aprobar la creación y modificación de ficheros que contienen datos de carácter personal en el Área de Gobierno de Las Artes, una vez aprobado con fecha 10 de septiembre de 2009 el proyecto, sometido a un período de información pública, y evacuado el informe preceptivo de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid. La creación, modificación o supresión de ficheros se regula en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, desarrollada por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, y en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, aplicable directamente al Ayuntamiento de Madrid, y desarrollada mediante el Decreto 99/2002, de 13 de junio. La mencionada Ley Orgánica establece un conjunto de medidas para garantizar y proteger el derecho fundamental a la autodeterminación informativa o derecho a la autodisposición de las informaciones personales. Este derecho se garantiza imponiendo unas obligaciones a las organizaciones que manejan datos de carácter personal y concretamente a las Administraciones Públicas. La primera de estas obligaciones es la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal y su inscripción, en el caso de la Administración Pública, en el Registro de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, a la que se unen las de tratar y recoger adecuadamente los datos, facilitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, así como aprobar e implantar las medidas de seguridad necesarias y el documento de seguridad correspondiente. El artículo 17.1.l) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, atribuye a la Junta de Gobierno la competencia para la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal. A propuesta del delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 10 de diciembre de 2009, ACUERDA Primero.—1. Aprobar la creación y modificación de ficheros que contienen datos de carácter personal en el Área de Gobierno de Las Artes, que se insertan a continuación en los anexos I y II del presente acuerdo y cuyas denominaciones son las siguientes: Fichero que se crea: Promoción de actividades culturales. Fichero que se modifica: DECE. 2. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se podrán ejercer ante los órganos responsables de los ficheros que se indican para cada uno de ellos en los anexos I y II. 3. El fichero que se crea y el que se modifica por el presente acuerdo cumplen las medidas de seguridad establecidas en el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre. Segundo.—Lo dispuesto en el presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de su publicación en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”. ANEXO I EXPEDIENTE: 145/2009/01241 Declaraciones de creación de nuevo fichero La información recogida en este anexo se encuentra clasificada por declaraciones de creación de fichero, de acuerdo con el artículo 6 del Decreto 99/2002, de 13 de junio, regulador del procedimiento de elaboración de disposición general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como de su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales, cuyo tenor literal es el siguiente: “Las disposiciones de carácter general de creación de ficheros deberán indicar, en todo caso, para cada uno de ellos, los siguientes apartados: 1. El órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero. 2. El órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (este apartado se cumplimentará solo en el caso de que sea diferente al responsable del fichero). 3. El nombre y la descripción del fichero que se crea. 4. El carácter informatizado o manual estructurado del fichero. 5. El sistema de información al que pertenezca el fichero (si se trata de un fichero informatizado). 6. Las medidas de seguridad que se apliquen. Si el fichero es informatizado habrá que indicar si las medidas de seguridad son de nivel básico, medio o alto. 7. Los tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el mismo. 8. La descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo. 9. Las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos. 10. La procedencia o el procedimiento de recogida de los datos. 11. Los órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales”. Cada declaración de creación de nuevo fichero se identifica por un número de expediente y su orden dentro del mismo. Dirección General de Actividades Culturales Referencia del servicio: 145/2009/01241. Datos del fichero propuesto Nombre: PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES. Número de orden: 1-C. 1. Órgano responsable del fichero: ÁREA DE GOBIERNO DE LAS ARTES. DIRECCIÓN GENERAL DE ACTIVIDADES CULTURALES. 2. Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: DIRECCIÓN GENERAL DE ACTIVIDADES CULTURALES. GRAN VÍA, 24, 28013 MADRID. 3. Nombre y descripción del fichero: PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES. PROMOCIÓN, PROGRAMACIÓN Y DIFUSIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES. 4. Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: MIXTO. 5. Sistema de información al que pertenezca el fichero: SISTEMA DE GESTIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES. 6. Nivel de medidas de seguridad aplicadas: BÁSICO. 7. Los tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el mismo: — Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, NOMBRE Y APELLIDOS, DIRECCIÓN (POSTAL, ELECTRÓNICA), TELÉFONO. — Datos de características personales: EDAD, SEXO, NACIONALIDAD. — Datos de circunstancias sociales: AFICIONES/ESTILO DE VIDA. 8. Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: PROMOCIONAR Y DIFUNDIR CENTROS Y ACTIVIDADES CULTURALES. 9. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: CIUDADANOS Y RESIDENTES. 10. Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: — Origen: EL PROPIO INTERESADO O SU REPRESENTANTE LEGAL, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. — Procedimiento de recogida: ENCUESTAS O ENTREVISTAS, FORMULARIOS O CUPONES, TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA DE DATOS/INTERNET. — Soporte utilizado para la obtención: SOPORTE PAPEL, VÍA TELEMÁTICA. 11. Cesiones: NO SE PREVÉN CESIONES. ANEXO II EXPEDIENTE: 145/2009/01241 Declaraciones de modificación de fichero La información recogida en este anexo se encuentra clasificada por declaraciones de modificación de fichero, de acuerdo con el artículo 7 del Decreto 99/2002, de 13 de junio, regulador del procedimiento de elaboración de disposición general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como de su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales, cuyo tenor literal es el siguiente: “Para cada uno de los ficheros que se modifiquen, el proyecto de disposición de carácter general deberá contener principalmente: 1. El nombre del fichero que se modifica y el número de registro con el que figura inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid. 2. El apartado de la inscripción que se modifica, sea uno o varios de los 11 que se recogen en la disposición de carácter general de creación de los ficheros. 3. El contenido íntegro de cada uno de los apartados que se modifiquen”. Cada declaración de modificación de fichero se identifica en la cabecera por un número de expediente y su orden dentro del mismo. El fichero modificado se identifica por un número único dentro de todos los ficheros declarados del Ayuntamiento de Madrid, el nombre actual del fichero y su código de inscripción en la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid. Dirección General de Actividades Culturales Referencia del servicio: 145/2009/01241. Datos actuales del fichero Número: 0207. Nombre: DECE. Inscripción APDCM: 2013410723. Número de orden: 1-M. 1. Órgano responsable del fichero: ÁREA DE GOBIERNO DE LAS ARTES. DIRECCIÓN GENERAL DE ACTIVIDADES CULTURALES. 2. Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: DIRECCIÓN GENERAL DE ACTIVIDADES CULTURALES. GRAN VÍA, 24, 28013 MADRID. 3. Nombre y descripción del fichero: CONVOCATORIAS DE INTERÉS CULTURAL. ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN DE CONVOCATORIAS DE INTERÉS CULTURAL. 4. Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: MIXTO. 5. Sistema de información al que pertenezca el fichero: SISTEMA DE GESTIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES. 6. Nivel de medidas de seguridad aplicadas: BÁSICO. 7. Los tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el mismo: — Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, NOMBRE Y APELLIDOS, DIRECCIÓN (POSTAL, ELECTRÓNICA), TELÉFONO, FIRMA/HUELLA. — Datos académicos y profesionales: EXPERIENCIA PROFESIONAL. — Datos de información comercial: CREACIONES ARTÍSTICAS, LITERARIAS, CIENTÍFICAS O TÉCNICAS. — Datos económico-financieros y de seguros: DATOS BANCARIOS. 8. Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: APOYAR INICIATIVAS DE INTERÉS PÚBLICO MEDIANTE LA ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN DE EVENTOS DE INTERÉS CULTURAL. 9. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: INTERESADOS EN CONVOCATORIAS DE INTERÉS CULTURAL. 10. Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: — Origen: EL PROPIO INTERESADO O SU REPRESENTANTE LEGAL. — Procedimiento de recogida: FORMULARIOS O CUPONES, TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA DE DATOS/INTERNET. — Soporte utilizado para la obtención: SOPORTE PAPEL, VÍA TELEMÁTICA. 11. Cesiones: ESTE APARTADO NO SE MODIFICA. Madrid, a 10 de diciembre de 2009.—El director de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Jesús Espino Granado. (03/41.752/09) |

