Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
30-12-2009

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091230-0369

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 4
DE COLMENAR VIEJO

EDICTO

Doña Lorena Álvarez García, secretaria del Juzgado de instrucción número 4 de Colmenar Viejo.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 137 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Doña Cristina Villa Cuesta, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 4 de Colmenar Viejo, ha visto en juicio oral y público los presentes autos de juicio de faltas número 137 de 2009, seguidos por una presunta falta de amenazas, contra don Jesús María González Berrocosa y doña Montserrat Millán Pulgarín, bajo la asistencia letrada de don Miguel Lozano Monja, con la intervención de doña Rosa María Guío Ramírez, como denunciante, sin ser parte el ministerio fiscal.

Que debo absolver y absuelvo a don Jesús María González Berrocosa y doña Montserrat Millán Pulgarín de la falta de amenazas que se les venía imputando, declarando las costas de oficio.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el término de cinco días, ante este Juzgado, para la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, y expídase testimonio de la misma que quedará unido a los autos, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Jesús María González Berrocosa y doña Montserrat Millán Pulgarín, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Colmenar Viejo, a 1 de diciembre de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/41.977/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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