Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
30-12-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091230-0081

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 9 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Ignacio Atienza López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 208 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Varela Crespo, contra la empresa “Novocomp, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a)  Despachar la ejecución solicitada por don Pedro Varela Crespo, contra “Novocomp, Sociedad Anónima”, por un importe de 134.814,70 euros de principal, más 12.133,32 euros y 13.481,47 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.

b)  Trabar embargo sobre los bienes de la demandada:

Los bienes que se encuentren en el domicilio social de la empresa ejecutada.

Embárguense los saldos de las cuentas y demás cantidades que figuren a favor de la ejecutada en “La Caixa”, “Banco de Santander”, “Caja de Ahorros de Madrid” y “Caja España de Inversiones”, por los importes que se reclaman.

Embárgense las cantidades que tengan pendientes en entregar a la ejecutada las empresas “Ediciones Cónica, Sociedad Anónima”, “Taller de Editores, Sociedad Anónima”, “Atodaplana Servicios”, “Prousta Gráfica, Sociedad Limitada”, “Taller de Ediciones”, “Vino y Gastronomía”, “Fundación Tecnomoda”, “Armazón, Sociedad Anónima”, y “Telstar Projects, Sociedad Anónima”, para satisfaces las cantidades que se le reclaman.

Embárguense los vehículos propiedad de la ejecutada matrículas 2459BYK y 4748DJS, librando mandamiento por duplicado al Registro de Bienes Muebles de Madrid que a continuación se detallan.

c)  A tal fin líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende.

Y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de los bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes y derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con número 2507, sito en calle Orense, número 19.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnarla: contra la misma no cabe recurso alguno sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, José María Reyero Sahelices.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Novocomp, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de diciembre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/42.145/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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