Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091230-0167
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 6 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Almudena Botella García-Lastra, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.541 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Soledad Santervas Martín, contra la empresa “Externalización de Servicios Back Office, Sociedad Limitada”, “Servicios de Tratamiento Bancarios, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial y “Procesos Externos, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 27 de noviembre, cuya parte dispositiva es la siguiente: Que estimando la excepción de caducidad invocada por “Procesos Externos, Sociedad Limitada”, y estimando en parte la demanda interpuesta por doña María Soledad Santervas Martín, contra dicha empresa, contra “Externalización de Servicios Back Office, Sociedad Limitada”, y contra “Servicios de Tratamiento Bancarios, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro nulo el despido de la referida trabajadora, declarando asimismo extinguida la relación laboral que vinculaba a la actora con las codemandadas “Externalización de Servicios Back Office, Sociedad Limitada”, y “Servicios de Tratamiento Bancarios, Sociedad Limitada”, y condenando a estas últimas, con carácter solidario, a abonarle en concepto de indemnización por tal extinción la cantidad de 25.566,53 euros y en concepto de salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta el día de hoy la cantidad de 4.311,76 euros. Se absuelve a “Procesos Externos, Sociedad Limitada”, de las pretensiones deducidas en su contra. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia. Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Externalización de Servicios Back Office, Sociedad Limitada”, y “Servicios de Tratamiento Bancarios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 3 de diciembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/41.898/09) |

