Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
30-12-2009

Sección 1.3.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091230-0025

Páginas: 0


C) Otras Disposiciones

Consejería de Empleo y Mujer

4397 RESOLUCIÓN de 27 de noviembre de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se habilita el Registro Telemático de la Consejería de Empleo y Mujer para la tramitación de diversos procedimientos administrativos y se ordena la publicación de impresos normalizados.

El artículo 6 del Decreto 150/2007, de 29 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y Mujer, atribuye a esta Dirección General la competencia para resolver diversos procedimientos relativos a la autorización del trabajo de los menores en espectáculos públicos; autorización para llevar a cabo la actividad de empresas de trabajo temporal; depósito y registro de las actas de designación de delegados de prevención, inscripción, renovación, variación de datos; cancelación de la inscripción en su registro administrativo especial de las empresas contratistas y subcontratistas de la construcción, así como expedición de certificados de inscripción y apertura y reapertura de centros de trabajo, entre otros.

El artículo 10.1 del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración de la Comunidad de Madrid, establece que tras la entrada en vigor de este Decreto podrán habilitarse los Registros Telemáticos para la recepción o salida de solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a otros procedimientos y trámites, mediante resolución del órgano, organismo o entidad que tenga atribuida la competencia para resolver el procedimiento, previos informes de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano y del Organismo Autónomo Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid.

El criterio 14.h) del Decreto 85/2002, de 23 de mayo, por el que se regulan los sistemas de evaluación de la calidad de los servicios públicos y se aprueban los Criterios de Calidad de la Actuación Administrativa en la Comunidad de Madrid, establece la obligación de publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, por resolución del órgano correspondiente, los impresos normalizados de procedimientos administrativos, previo informe de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano.

En virtud de la normativa citada y demás de pertinente aplicación, en el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas,

RESUELVO

Primero

Habilitación del Registro Telemático de la Consejería
de Empleo y Mujer

Habilitar el Registro Telemático de la Consejería de Empleo y Mujer para la recepción por medios electrónicos de la solicitud de inicio, así como de documentos adjuntos a dicha solicitud, y aportación durante la tramitación del expediente de los siguientes procedimientos administrativos, así como su inclusión en la relación de la Consejería de Empleo y Mujer del Anexo I del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre:

— Solicitud de autorización para la participación de menores en espectáculos públicos.

— Solicitud de Registro de acta de designación de delegados/as de prevención.

Habilitar, además, dicho Registro para la recepción, por medios electrónicos, de documentos adjuntos a la solicitud de inicio y aportación durante la tramitación del expediente, de los siguientes procedimientos:

— Comunicación de contratos de puesta a disposición.

— Solicitud de cancelación de inscripción en el Registro de empresas acreditadas como contratistas o subcontratistas en el sector de la construcción.

— Solicitud de certificado de inscripción en el Registro de empresas acreditadas como contratistas o subcontratistas en el sector de la construcción.

En lo relativo a los procedimientos relacionados en este apartado, deberá entenderse modificado el Anexo I del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, en el texto del último párrafo de la relación de procedimientos adscritos a la Consejería de Empleo y Mujer, siendo de aplicación el siguiente:

“Trámites susceptibles de realización ante el Registro Telemá-
tico:

Todos aquellos que en el momento de presentación de la solicitud de inicio del procedimiento se encuentren en situación de operativos en la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo establecido en la página web www.madrid.org”.

Segundo

Publicación de impresos

Ordenar la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de los modelos de solicitud que se adjuntan como Anexos, a los efectos regulados en el artículo 35.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, correspondientes a los siguientes procedimientos:

— Solicitud de autorización para la participación de menores en espectáculos públicos.

— Solicitud de registro de acta de designación de delegados/as de prevención.

— Comunicación de contratos de puesta a disposición.

— Comunicación de apertura o reanudación de la actividad de centros de trabajo.

— Solicitud de cancelación de inscripción en el Registro de empresas acreditadas como contratistas o subcontratistas en el sector de la construcción.

— Solicitud de certificado de inscripción en el Registro de empresas acreditadas como contratistas o subcontratistas en el sector de la construcción.

— Solicitud de inscripción/renovación en el Registro de empresas acreditadas como contratistas o subcontratistas en el sector de la construcción

— Solicitud de comunicación de datos incluidos en el Registro de empresas acreditadas como contratistas o subcontratistas en el sector de la construcción.

— Solicitud de inscripción/renovación en el Registro de empresas acreditadas como contratistas o subcontratistas en el sector de la construcción, para desplazamientos trasnacionales.

Madrid, a 27 de noviembre de 2009.—El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.

(03/42.093/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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